COMISIÓN 5127/2014.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

203º Y 154º


En el día de hoy, JUEVES TREINTA (30) DE ENERO DE AÑO 2014, siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada para llevar efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO, decretada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANRIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio que por DECLARACION DE CONCUBINATO, que sigue la ciudadana LILIANA DEL CARMEN RODRIGUEZ VALDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.413.360, y de este domicilio, en contra del ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ ARDILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.162.627 y de este domicilio; llevado en el Expediente No. 48.416, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa, se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección aportada por el apoderado judicial de la parte actora ejecutante específicamente en un inmueble, tipo galpón, ubicado geográficamente en el Barrio Buena Vista, calle 95, inmueble Nº 53-75, subiendo por los módulos de cañada honda, en Jurisdicción de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del estado Zulia, donde funciona .- En este estado, de igual manera se deja expresa constancia, que acompaña a este Juzgado en la presente ejecución, los funcionarios del Cuerpo de Policía Bolivariano del Estado Zulia, el ciudadano EDSON EIZAGA, portador de la cedula de identidad N° 10.418.847, en su carácter de Supervisor Agregado, y el ciudadano PLINIO GONZALEZ, portador de la cedula de identidad Nº 10.017.445, en su carácter de Oficial Jefe, quienes pertenecen al Departamento Policial de la Parroquia Olegario Villalobos y se encuentra adscrito en el Edificio Arauca para brindar custodia a los Tribunales Ejecutores de Torre Mara.- Inmediatamente, se procedió a NOTIFICAR E IMPONER DEL MOTIVO DE LA PRESENCIA DEL TRIBUNAL, a la ciudadana MARIELA CECILIA CASTILLO MORILLO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V.-13.243.140, en su carácter de encargada y de este domicilio, debidamente asistida por el abogado en ejercicios ORTIZ MADRID SAMIR ELIAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 206.627, y de este domicilio, quien procedió a permitir el acceso al inmueble antes identificado. En este estado, presente el apoderado judicial de la parte actora y ejecutante, según exhorto librado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANRIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, el abogado en ejercicio JOSE LUIS ARMAS BARRIENTOS, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 56.666, expuso: Solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor, se sirva practicar la medida preventiva de Secuestro comisionada, sobre los vehículos en el inmueble tipo galpón donde se encuentra constituido el Tribunal, con el objeto de secuestrar los vehículos que viene determinado en el Despacho de exhorto, que se encuentren en el presente inmueble, y para ser secuestrados, nombre PERITO Y DEPOSITARIO JUDICIAL que lo determine y al hacerlo, se sirva entregarlo al ciudadano JORGE JESSURUN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.887.680, y de este domicilio, en calidad de representante de la depositaria judicial SANTA MARIA C.A., quien deberá ser nombrado y juramentado por este Juzgado, facultad que otorgó el Tribunal de la causa, y una vez cumplido con la presente comisión, solicito a este digno Juzgado se reserve la presente comisión en sus archivos hasta que en su debida oportunidad solicite una nueva oportunidad para ejecutar. Es todo.- Visto lo solicitado y en uso de facultades legales y conferidas expresamente por el Tribunal de la Causa, este Juzgado, provee de conformidad y en consecuencia, nombra y designa como PERITO Y DEPOSITARIA JUDICIAL, actuando en representación de la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A., (DEPOSACA), para ambos cargos al ciudadano JORGE JESSURUN, es venezolano, mayor de edad, con Cédula de Identidad No. V.- 7.887.680, y de este domicilio, quien por encontrarse presente en el acto, fue impuesto de los nombramientos recaídos en su persona, siendo juramentado de la siguiente manera: ¿CIUDADANO JORGE JESSURUN, JURA USTED CUMPLIR BIEN Y FIELMENTE CON LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES INHERENTES AL CARGO DE PERITO Y DEPOSITARIA JUDICIAL, respectivamente, que ha aceptado? CONTESTO: SI. LO JURO.- Seguidamente, el Perito Avaluador nombrado, expuso: Un vehiculo Marca VOLKSWAGEN, Modelo: ESCARABAJO, Año: 1.972, Color: GRIS, Clase: AUTOMIVIL, Tipo. COUPE, Uso: PARTICULAR, Serial de Carrocería: 1122398895, Serial del Motor: A341543, Placas: VAZ-689, así mismo procedo a describir el vehiculo antes identificado: dicho vehiculo se encuentra en mal estado de pintura, presentando ralladuras y abolladuras en todas sus piezas, no posee parachoques trasero, no posee limpia para brisas, ni el motor para el para brisas, no posee farquillas ni emblemas, no posee manilla para abrir el capo delantero, y no posee retrovisores, en cuantos sus componentes mecánicos (posee distribuidor alternador bomba gasolina carburador bobina de botellita filtro de gasolina, y una correa marcas GATES 7350) en referencia al tren delantero no posee el mismo y tampoco tiene cauchos delanteros, ni baterías, en cuanto al interior del vehiculo, se encuentra en avanzado estado de deterioro, el volante forrado con teipe negro sin bocina no posee tapicería interna, no posee radio reproductor ni cornetas, no posee guantera ni tablero en general, las puertas están descubiertas sin manillas, no posee vidrio en la puerta izquierda (conductor), los asientos se encuentran despegados y son dos (02) butacas delanteras sin apoya cabeza color marrón forradas en semicuero y telas (rotos y sucios), con un forro color negro (roto), los asientos traseros también despegados de color gris (sucios y deteriorados) no posee farquillas internas, el techo se encuentra sucio y roto, no posee gatos, ni llaves de cruz, ni triangulo de seguridad, posee un caucho de repuesto de maraca FIRESTONE, S-211 155S R15 RADIAL (en mal estado), posee dos cauchos traseros Maracas BRIDGESTONE POTENZA 195/60 R15 (regular estado), posee un tanque de gasolina. El Vehiculo se encuentra en estado de deterioro. Es Todo.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: FORMALMENTE SECUESTRADO EL BIEN MUEBLE VEHICULO AUTOMOTOR, ANTES DESCRITO Y DETERMINADO CON LA ASISTENCIA DE PERITO. SEGUNDO: SE HACE FORMAL ENTREGA A LA SECUESTRATARIA JUDICIAL NOMBRADA Y JURAMENTADA, EN LA PERONA DEL CIUDADANO JORGE JESSURUN, ANTES IDENTIFICADO, QUIEN LO RECIBE CONFORME PARA SU GUARDA Y CUSTODIA, ADVIRTIÉNDOLE DE IGUAL MANERA A LA SECUESTRATARIA NOMBRADA Y JURAMENTADA, QUE DEBERÁ CUIDARLO COMO UN BUEN PADRE DE FAMILIA, SUJETÁNDOSE A LAS REGLAS PROPIAS ESTABLECIDAS EN LA LEY DE DEPÓSITO JUDICIAL PERTINENTES PARA EL CASO QUE NOS OCUPA Y QUEDO IMPUESTA DE SUS OBLIGACIONES. SE DEJA CONSTANCIA DE QUE LA NOTIFICADA CIUDADANA MARIELA CASTILLO MORILLO, ANTES IDENTIFICADA, PROCEDIÓ A ENTREGAR VOLUNTARIAMENTE EL BIEN MUEBLE SECUESTRADO, CON AYUDA DE PERSONAL CONTRATADO POR LA PARTE ACTORA EJECUTANTE, TERCERO: CUMPLIDO COMO HA SIDO EL PRESENTE DESPACHO COMISORIO, Y TAL COMO HA SIDO SOLICITADO POR EL APODERADO JUDICIAL ACTOR EJECUTANTE, SE RESERVA LA PRESENTE COMISION EN LOS ARCHIVOS DE ESTE JUZGADO.- SIENDO LAS CUATRO DE LA TARDE (04:00 p.m.), terminó el acto. Es todo, se leyó y conformes firman:--------------------------------------------------------------------------------------

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EL JUEZ:



ABOG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.



EL NOTIFICADO: EL ABOGADO ASISTENTE:







EL APODERADO JUDICIAL DEL ACTOR EJECUTANTE:







EL SECRETARIO TEMPORAL:


ABOG. JUAN C. MORENO Z..-