COMISIÓN Nº 5129/2014

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
203 y 154°
En el día de hoy, jueves dieciséis (16) de enero del año dos mil catorce (2014), siendo la una horas de la tarde (01:00 p.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio por DIVORCIO, seguido por la ciudadana INES DELIA PEDREAÑEZ MOLERO, portadora de la cédula de identidad Nº 16.688.138, en contra del ciudadano NOLBERTO ANTONIO GUERRERO QUINTERO, portador de la cédula de identidad Nº 16.986.215, llevado en el Expediente No. 45.497, de la nomenclatura llevada por el mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, donde funcionan las Oficinas de la PROCURADURIA DEL ESTADO ZULIA, ubicada geográficamente en la Calle Obispo Lazo, edificio Don Diego, Piso 3, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-. Inmediatamente, se procedió a notificar de la Misión del Tribunal a (el) (la) ciudadano (a) Roger Devis venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la cédula de identidad Nº 7.621.121 en su condición de Abogado del mencionado Organismo, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar el concepto a Embargar Preventivamente señalado en el Despacho Comisorio, el cual se describe a continuación: ÚNICO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) del salario integral, compensación de sueldo, primas por antigüedad, vacaciones, utilidades o bonificación de fin de año, bonos, prestaciones sociales, caja de ahorro, fideicomiso, intereses a prestaciones sociales o cualquier otra cantidad que le pudiera corresponder al ciudadano NOLBERTO ANTONIO GUERRERO QUINTERO, ya identificado, como trabajador de la Policia Nacional Bolivariana, activo en la Comandancia General de la Policia Nacional Bolivariana del Estado Zulia.- En este estado, el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el concepto antes señalado y descrito en esta acta, así como las cantidades derivadas de dicho concepto en la proporción señalada y; en consecuencia consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que la cantidad a retener derivada deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.- Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta o prestó servicios para el Organismo que representa. Siendo las dos horas de la tarde (02:00 p.m) se dio por terminado el acto. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.----------------------------------------------------------------------------






EL JUEZ,


ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.





EL (LA) NOTIFICADO (A),












EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABOG. JUAN CARLOS MORENO