|REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.813.-

En el día de hoy, 23 de Enero del año dos mil catorce, siendo las 11:30 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicada en el Casco Central Calle Obispolazo, edificio Don Diego, piso 3, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: No. 23943. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue por la ciudadana MARYCARMEN ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.476.523, a favor de los XXXXXXXXXXXXXXXXXXen contra del ciudadano EDIXO GUILLEN, portador de la Cédula de Identidad No. V- 7.827.750.- En este estado presente el ciudadano (a): ROGER DEVIS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.624.121, quién se identifico con el carácter de ABOGADO SUSTITUTO DE LA PROCURADURIA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Provisional ordenando retener: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que percibe el ciudadano antes identificado, como Funcionario al servicio de la Policía Regional del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las vacaciones y del bono vacacional.- D) En caso de que el demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener: EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- E) Asimismo queda modificado el cien por ciento (100%) al TREINTA POR CIENTO (30%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomiso correspondiente al demandado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PROVISIONALMENTE, las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) mensual del sueldo que percibe el ciudadano antes identificado, como Funcionario al servicio de la Policía Regional del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado.- C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) anual de las vacaciones y del bono vacacional.- D) En caso de que el demandado goce de los beneficios de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener: EL CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos.- E) Asimismo queda modificado el cien por ciento (100%) al TREINTA POR CIENTO (30%) de las prestaciones sociales, ahorros y fideicomiso correspondiente al demandado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales (A, B, C y D) deberán ser entregadas directamente a la ciudadana MARYCARMEN ALVARADO, y la establecida en el literal (E) deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP No. 23943.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:25 PM.

EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. MELVIN JAVIER NAVARRO.


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA.-