|REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.810.-
En el día de hoy, 15 de Enero del año dos mil catorce, siendo las 11:25 A.M. de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicada en el Casco Central Calle Obispolazo, edificio Don Diego, piso 3, jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: No. 24192. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue por la ciudadana LISNETH CAROLINA OLIVAR BECERRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 25.608.006, en beneficio de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxen contra del ciudadano JESÚS ENRIQUE BRAVO QUEVEDO, portador de la Cédula de Identidad No. V- 19.308.465.- En este estado presente el ciudadano a): eliana rodriguez bolaño, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.374.164, quién se identifico con el carácter de Abogada Sustituta. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Preventivo ordenando retener: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo, que le corresponden al obligado ciudadano JESÚS ENRIQUE BRAVO QUEVEDO, antes identificado, el cual se desempeña como Oficial del Cuerpo Policial Regional del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de los aguinaldos o bono de fin de año y bono vacacional.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hijos, útiles escolares y juguetes que le correspondan al niño de autos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano arriba mencionado y sobre cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano JESÚS ENRIQUE BRAVO QUEVEDO.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo, que le corresponden al obligado ciudadano JESÚS ENRIQUE BRAVO QUEVEDO, antes identificado, el cual se desempeña como Oficial del Cuerpo Policial Regional del Estado Zulia.- B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de los aguinaldos o bono de fin de año y bono vacacional.- C) EL CIEN POR CIENTO (100%) de las primas por hijos, útiles escolares y juguetes que le correspondan al niño de autos.- D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros que le puedan corresponder al ciudadano arriba mencionado y sobre cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano JESÚS ENRIQUE BRAVO QUEVEDO.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales (A, B, C) deberán ser entregadas directamente a la reclamante de autos y la establecida en el literal (D) deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP No. 24192.- Asimismo, se le ordena remitir información sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba anual o mensualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:35 p.m.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. MELVIN JAVIER NAVARRO.
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
ABOG. ANIBAL A. PERNIA.-
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