ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001620
PARTE ACTORA: YTALA MERCEDES DEL CARMEN BOSCAN PEREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ROBERTH SOTO
PARTE DEMANDADA: KARINA GUTIERREZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADAS PAOLA VERA CORONADO Y MARIYHET VELASQUEZ PÉREZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, Jueves Treinta (30) de Enero de 2.014, siendo las Once de la mañana (11:00am), se dio inicio a la continuación de la Audiencia Preliminar que se encontraba fijada para las Tres de la tarde (3:00pm) del día de hoy, en la que comparecieron a la misma los Ciudadanos Abogados ROBERTH SOTO, PAOLA VERA CORONADO Y MARYHET VELASQUEZ PÉREZ en sus carácter de APODERADOS JUDICIALES de la parte actora y demandada respectivamente; debidamente identificados en los instrumentos poderes otorgado por sus defendidos, tal y como obra en actas; quienes una vez instalada la audiencia Preliminar y los sucesivos actos de continuación de la misma, el Ciudadano Juez rector del proceso, conmino a las partes intervinientes en la solución de la reclamación planteada a hacer uso de los modos alternos de solución de conflictos, en este sentido, las partes conjuntamente con sus apoderados judiciales y la actividad pro activa del ciudadano juez, intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses; en las que con la firme intención de llegar a un acuerdo propusieron formulas y alternativas de solución al caso planteado, cediendo en sus posiciones y aspiraciones, acuerdo este que se pudo lograr y que se especifica a continuación: La parte demandada, a través de sus apoderadas judiciales presentes en este acto, a modo de dar por terminado el presente procedimiento ofrece en cancelarle a la parte actora la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES FUERTES (BsF= 30.000) para dar por satisfecho todos y cada uno de los conceptos laborales que demanda, pago este que se comprometen a realizarlo de la siguiente manera: Un primero pago por la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES (BsF=15.000) para ser cancelados el día Lunes Diecisiete (17) de Febrero y un segundo y último pago por la misma cantidad para ser cancelado el día Lunes Diecisiete (17) de Marzo del presente año; dichos pagos se comprometen a realizarlo por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial laboral y en horas de despacho, mediante cheques de gerencia girado contra cualquier entidad financiera de esta localidad y nombre de la Ciudadana YTALA MERCEDES DEL CARMEN BOSCAN PÉREZ parte actora, quien deberá hacer acto de presencia para que reciba dichos pagos. En este estado, visto el ofrecimiento de pago hecho por las apoderadas judiciales de la parte demandada, y estando presente el Ciudadano ABOGADO ROBERT SOTO apoderado judicial de la parte actora, quien visto el ofrecimiento de pago, manifestó de manera voluntaria, libre de apremio y coacción estar de acuerdo con el ofrecimiento de pago y en los términos expuestos. En este estado, el tribunal visto de que la mediación ha sido positiva, y verificada las facultades otorgadas a los apoderados judiciales de las partes intervinientes, entre ellas las de convenir y transigir; de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, y se ABSTIENE de archivar el expediente hasta tanto no conste en actas el cumplimiento de la obligación asumida por la parte demandada Ciudadana KARINA GUTIERREZ, y en caso de incumplimiento bien sea parcial o total, dicha obligación de tendrá como de plazo vencido, lo que dará derecho a la parte actora de ejecutar forzosamente dicha obligación en contra de la antes mencionada obligada de autos, imputándosele todos los gastos que se pudieran acarrear. Se deja constancia de la devolución de los escritos de pruebas y sus anexos a las partes, que consignaron al inicio de la audiencia preliminar manifestando estas que las reciben conforme al número de folios consignados
El Juez
La Secretaria.
Abog. Alfredo García López Aboga. Yasmely Borrego

Los Presentes.