N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000026
PARTE ACTORA: DANIEL ENRIQUE PAEZ VALLES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ARIANNA CARRIZO.
PARTE DEMANDADA: GRASAS BERMUDEZ, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDREINA FERNANDEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy quince (15) de enero de 2014, comparecen ante este despacho, el ciudadano DANIEL ENRIQUE PAEZ VALLES, debidamente asistido por la abogada, ARIANNA CARRIZO y por la demandada GRASAS BERMUDEZ, C.A., la abogada ANDREINA FERNANDEZ quien en este mismo acto consignó copia simple de documento poder que acredita su representación, constante de dos (02) folios útiles, el cual ordena agregar a las actas respectivas del presente asunto a los fines legales consiguientes, en este estado de mutuo acuerdo manifiestan a este tribunal: renunciamos a los lapsos procesales y solicitamos que se celebre el día de hoy la audiencia preliminar”; este Tribunal atendiendo a las facultades previstas en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, provee de conformidad con lo solicitado y en consecuencia, con la presencia de las partes intervinientes en la presente causa, cada uno con la asistencia de Ley, procede a instalar la audiencia preliminar. Acto seguido, vista las manifestaciones expuestas por la parte demandante y demandada sobre los conceptos explanados por la actora en su libelo de demanda, y los alegatos indicados por la parte demandada, las partes con la intervención de la ciudadana Jueza que preside este despacho, y por cuanto, han llegado al acuerdo amistoso, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La representación judicial de la parte patronal en aras de poner fin al presente litigio ofrece cancelarle al demandante, la cantidad de DOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES CON 73/100 CENTIMOS ( 2.926,73) mediante cheque No. 00003572, girado contra la entidad bancaria BANESCO, a nombre del ciudadano DANIEL PAEZ VALLES, de fecha 13 de enero de 2014, cuya copia simple se ordena agregar, constante de un (01) folio útil. La parte actora manifiesta la aceptación expresa a la suma ofrecida y pagada en este acto, lo que cubre total y definitivamente todos y cada uno de los conceptos demandados. Las partes consigna en este acto acta transaccional constante de dos (2) folios útiles, el cual ordena agregar a las actas respectivas del presente asunto a los fines legales consiguientes. En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, se da por concluida la audiencia preliminar y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, y en vista que el demandante se encuentra debidamente representada y ha manifestado su aceptación voluntaria al ofrecimiento efectuado por la demandada, es por lo que se HOMOLOGA EL ACUERDO celebrado entre el ciudadano DANIEL PAEZ VALLES en contra de GRASAS BERMUDEZ, C.A., , DÁNDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. DA POR TERMINADO EL PRESENTE ASUNTO Y ORDENAR SU ARCHIVO DEFINITIVO, DADO QUE CONSTA EN ACTAS EL PAGO TOTAL DE LO PACTADO. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA

ABG. MARLENE ROJAS DE SIU
LA SECRETARIA





ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA