REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, trece de enero de dos mil catorce
203º y 154º
ASUNTO: VP01-L-2013-000581
Vista la diligencia de fecha diez (10) de enero de 2014, suscrita por la abogada CELIDA ZULETA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No.25.786, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil METRO DE MARACAIBO ,C.A , mediante la cual desiste de la solicitud del llamamiento de tercero a la sociedad mercantil SEGUROS CONSTITUCION, C.A; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada. Así mismo, se advierte a las partes intervinientes que con el objeto de salvaguardar el derecho a la defensa y el debido proceso, la Audiencia preliminar se celebrará al décimo día hábil siguiente a la presente fecha a las diez y treinta minutos de la mañana (10:30:a.m). ASI SE DECIDE. – Publíquese y Regístrese la presente decisión
La Juez
Abog. Marlene Rojas de Siu
La Secretaria
Abg. Yasmely Borrego
En la misma fecha se Registró y Publicó la decisión.
La Secretaria..
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