ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001697
PARTE ACTORA: EDGARIS GEORGE LEONARDEZ SIERRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLIL MONTIEL y Mathew Sulentic
PARTE DEMANDADA: DA VINCI BEBIDAS Y ALIMENTOS, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Maria Gabriela Puche
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,29 de Enero de 2014, siendo las 11:17 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos EDGARIS GEORGE LEONARDEZ SIERRA y DA VINCI BEBIDAS Y ALIMENTOS, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ciento treinta mil Bolívares (Bs. 130.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal a las 11:00 a.m. el día viernes 21 de Febrero de 2014. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso, a las partes.
El Juez
El Secretario
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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