REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR.
DESPACHO DE MEDIDA Nº 5380
En el día de hoy quince (15) de Diciembre de 2014, siendo las diez y cinco minutos, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la empresa PDVSA, Operaciones Acuáticas, S.A., ubicada en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, a objeto de ejecutar Medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el Juicio de ALIMENTOS, seguido por la ciudadana SIKIU MARGARITA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.891.379, en contra del ciudadano DANIEL GUZMAN RIVERO MEDINA, titular de la cédula de identidad N° V- 7.873.259. Seguidamente el tribunal una vez constituido en la sede de la empresa procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano ELISBETH HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.994.565, en su condición de Abogado Analista. En estado presente la apoderada judicial de la parte actora abogada en ejercicio MARIA JOSE BORJAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 53.575, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida preventiva de embargo, decretada por el tribunal de la causa. Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente embargado preventivamente EL TREINTA POR CIENTO (30%) por concepto de LIQUIDAS DEL PRESENTE AÑO 2014, que le puedan corresponder al demandado, ciudadano DANIEL GUZMAN RIVERO MEDINA, antes identificado, como trabajador de la empresa PDVSA, Operaciones Acuáticas S.A. Se le informa al notificado que una vez se haga efectiva la presente medida, las cantidades de dinero, deberán ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, al expediente N° 37579, del mencionado juzgado. Siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana, se dio por terminado el presente acto. Terminó se leyó y conformes firman. Se hacen dos (02) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno se le entrega al notificado y el otro se agrega al despacho de medida.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
JUEZA TITULAR
LA…
…APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA
EL NOTIFICADO
ABOG. LILIANA DUQUE REYES
SECRETARIA