REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 3
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, 15 de Diciembre de 2014
204º y 155º
ASUNTO PRINCIPAL : OPO1-P-2013-001965
ASUNTO : OPO1-P-2014-007237
RESOLUCION JUDICIAL
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
JUEZ PROVISORIO: DRA. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA, Juez del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N°03 del Circuito Penal Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
SECRETARIA: ABG. INAIRA AGUILERA.
SOLICITANTE: Dra. MARIA FERNANDA SILVA, FISCALIA SEGUNDA AUXILIAR DEL MINISTERIO PUBLICO.
Vista la presente solicitud de Destrucción de Maquinas Traganíqueles, por parte de la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, revisadas las actuaciones evidencia que cursa ante este mismo despacho el asunto principal OPO1-P-2013-001965, en el cual, se encuentra fijada la Audiencia Preliminar para el día 25-09-2015 a las 8:30 horas de la mañana, en virtud de lo cual, esta Jueza quien aquí decide, siendo una de mis obligaciones garantizar las resultas del proceso, toda vez que en la causa principal que se lleva ante este mismo Tribunal no se ha llevado acabo la Audiencia Preliminar y estando involucradas las Maquinas Traganíqueles solicitadas destruir en la presente solicitud involucradas en la investigación que se adelanta en el referido asunto principal OPO1-P-2013-001965, que adelanta la misma Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, considera que lo procedente y ajustado a derecho es abstenerse este Tribunal de emitir juicios de valor o pronunciamiento al fondo de los hechos investigados en el referido asunto principal, por lo que considera que lo ajustado a derecho es Reservarse el presente pronunciamiento por separado una vez se realice en el asunto principal signado OPO1-P-2013-001965, la Audiencia Preliminar de conformidad con lo previsto en el artículo 312 último aparte de la norma adjetiva penal vigente. Se Ordena la Notificación de las partes. Se ordena librar Boletas respectivas. Y ASÍ SE DECIDE.-
DECISION
POR TODOS LOS RAZONAMIENTOS DE HECHO Y DE DERECHO ANTES EXPLANADOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL N°03 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: Este Tribunal vista la presente solicitud de Destrucción de Maquinas Traganíqueles, por parte de la Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, revisadas las actuaciones evidencia que cursa ante este mismo despacho el asunto principal OPO1-P-2013-001965, en el cual, se encuentra fijada la Audiencia Preliminar para el día 25-09-2015 a las 8:30 horas de la mañana, en virtud de lo cual, esta Jueza quien aquí decide, siendo una de mis obligaciones garantizar las resultas del proceso, toda vez que en la causa principal que se lleva ante este mismo Tribunal no se ha llevado acabo la Audiencia Preliminar y estando involucradas las Maquinas Traganíqueles solicitadas destruir en la presente solicitud involucradas en la investigación que se adelanta en el referido asunto principal OPO1-P-2013-001965, que adelanta la misma Fiscalia Segunda del Ministerio Publico, considera que lo procedente y ajustado a derecho es abstenerse este Tribunal de emitir juicios de valor o pronunciamiento al fondo de los hechos investigados en el referido asunto principal, por lo que considera que lo ajustado a derecho es Reservarse el presente pronunciamiento por separado una vez se realice en el asunto principal signado OPO1-P-2013-001965, la Audiencia Preliminar de conformidad con lo previsto en el artículo 312 último aparte de la norma adjetiva penal vigente. Se Ordena la Notificación de las partes de la presente decisión. Se Ordena Librar las Boletas respectivas. Se Ordena Proveer lo conducente. Publíquese, Regístrese, déjese copia. Así se Decide. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ DE CONTROL Nº 03
Dra. LISSELOTTE GOMEZ URDANETA
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA