ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR.
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-001411
PARTE ACTORA: CARLOS CHIRINO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JACKELINE C. BLANCO OLIVARES
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA CONSTRU SUR, RS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ISRAEL RODRÍGUEZ
MOTIVO: PRESTACIONE SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 8 de Diciembre de 2014, siendo las 9:56 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen, por ante este tribunal noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo el ciudadano CARLOS CHIRINO, en compañía de su apoderada judicial Abg. Jackeline Blanco, inscrita por ante el inpreabogado bajo el no. 114.708, así mismo comparece la representación judicial de la parte demandada ASOCIACION COOPERATIVA CONSTRU SUR, RS, a través de su apoderado judicial Abg. Israel Rodríguez, inscrito por ante l inpreabogado bajo el no. 142.293, según se evidencia de documento poder acreditado en actas procesales. Seguidamente y luego de deliberaciones mutuas sobre los conceptos reclamados, las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, con la intervención mediadora de este juzgador han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte demanda para dar por terminado el presente asunto ofrece a la parte actora la cantidad de Treinta Mil Seiscientos Setenta Bolívares Con Sesenta y Seis céntimos ( Bs.30.670,63) mediante cheque signado con el No. 19000199 del Banco Occidental de Descuento, de fecha 10-11-2014, a nombre del actor, cuenta corriente No. 01160135930014470390. Así mismo toma la palabra el actor Carlos Chirino y declara libremente y sin apremio alguno que acepta la cantidad de dinero ofrecida por la parte demandada, y no tiene nada mas que reclamar por los conceptos esgrimidos en la demanda. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, da por terminado el presente asunto y ordena su archivo definitivo .El tribunal hace entrega a las partes de su respetivos escrito de promoción de pruebas y sus instrumentos probatorios.
El Juez
Abg. Federico Rodríguez Petit.
Los Presentes La Secretaria
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