REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

Maracaibo, dieciocho de diciembre de dos mil catorce

204º y 155º

ASUNTO: VP01-L-2014-001785

Vista la diligencia presentada en fecha doce (12) de Diciembre de 2014, presentada por la abogada Geordina Quintero, Inpreabogado N° 158.407, asistiendo al ciudadano CIRILO ANTONIO VERA en su carácter de parte actora, mediante la cual “Desiste del Proceso” en la presente demanda que ha incoada en contra CLISERVI, C.A. por Prestaciones Sociales, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dando por terminado el proceso y ordenando el archivo definitivo del expediente.

El Juez


Abog. Antonio Barroso
El Secretario