ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-001289
PARTE ACTORA: ENRIQUE MORENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado CARLOS DEL PINO, ANA RODRIGUEZ y KAREN RODRIGUEZ, Inpreabogados N° 126.431, 51.965 y 123.750 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: SUPER PANADERIA PASTELERIA CHARCUTERIA VIVERES EN GENERAL SANTA ANA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Antonia Polanco, Gilberto Montilla y Juliany Duran, Inpreabogados N° 24.805, 77.398 y 162.482 respectivamente.
MOTIVO: Prestaciones Sociales
En el día hábil de hoy,15 de Diciembre de 2014, siendo las 11:52 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el ciudadano Enrique Moreno en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Karen Rodríguez y SUPER PANADERIA PASTELERIA CHARCUTERIA VIVERES EN GENERAL SANTA ANA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Juliany Duran y Gilberto Montilla, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 17/12/14 en la sede del Tribunal la cantidad de doce mil bolívares (Bs. 12.000,00) con este pago se dan por satisfechos los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, utilidades vencidas e indemnización por terminación de la relación de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados en la audiencia preliminar.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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