REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL
EN FUNCIONES DE CONTROL CON COMPETENCIA MUNICIPAL
Maracaibo, 26 de agosto de 2.014
204° y 155°
CAUSA N°. 7C-S-3006-14 DECISIÓN N° 1271-14
Visto el contenido del escrito presentado por el ciudadano, MARCIAL IGUARAN, titular de la cédula de identidad V-22.150.951, mediante el cual solicita a éste órgano jurisdiccional, autorización para exhumar el cadáver de quien en vida respondiera al nombre de MARIBEL IGUARAN, quien se encuentra inhumado en el Cementerio San Jose, en la bóveda 36, nivel superior derecho calle 11, propiedad de la familia, IGUARAN, a fin de trasladarlo al osario; solicitando igualmente a este despacho, la urgencia que el presente caso amerita, se otorgue a la brevedad posible la autorización.
II
Asimismo, la solicitante expresó en su escrito, de manera clara y precisa, la motivación de su pretensión, la cual consiste en una exhumación del cadáver para ser trasladado al osario, razón ésta por la que, se declara con lugar, la solicitud presentada; y se acuerda la exhumación del cadáver de quien en vida respondiera a nombre de MARIA JOSEFA PARRA, quien se encuentra inhumado en el Cementerio San Jose, en la bóveda 36, nivel superior derecho calle 11, propiedad de la familia, IGUARAN, a fin de que sea exhumada con fines sanitarios. Así se decide.
III
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Fronterizo del estado Zulia, con Competencia Municipal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Se declara con lugar, lo requerido por el ciudadano, MARCIAL IGUARAN, titular de la cédula de identidad V-22.150.951, y en consecuencia, se ordena la exhumación de la ciudadana quien en vida respondiera al nombre de MARIBEL IGUARAN, quien se encuentra inhumado en el Cementerio San Jose, en la bóveda 36, nivel superior derecho calle 11, propiedad de la familia, IGUARAN, a fin de que sea trasladado al osario. Regístrese y publíquese.
JUEZ SÉPTIMO DE CONTROL
DRA. PATRICIA NAVA QUINTERO
SECRETARIO
ABOG. DIEGO RIERA LUQUEZ
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, se registró la presente decisión con el número 1271-14
SECRETARIO
ABOG. DIEGO RIERA LUQUEZ
PNQ/rv
Causa: 7C-S-3006-14
Asunto: VP02-P-2014-036842
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DE ESTADO ZULIA, CON COMPETENCIA MUNICIPAL, ubicado en la sede del Palacio de Justicia, av. 15 Delicias, diagonal a la sede del diario Panorama, segundo piso, teléfono 0261-725013