REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE CONTROL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL FRONTERIZO DEL ESTADO ZULIA
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL
EN FUNCIONES DE CONTROL CON COMPETENCIA MUNICIPAL
Maracaibo, 26 de Agosto de 2.014
204° y 155°

CAUSA 7C-27146-11 DECISIÓN Nº 1264 -14


Una vez analizado el contenido de las actas de las presentes actuaciones, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control con Competencia Municipal, de conformidad a lo establecido en los artículos 49 numeral 7, 300 numeral 3 y 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el segundo aparte del artículo 361 ejusdem, procede a dictar el sobreseimiento de la presente causa, seguida en contra del acusado, FERNANDO JOSE VELAZQUEZ RODRIGUEZ en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTOS FALSOS Y USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 45 y 47 de la Ley orgánica de identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, con base a las siguientes consideraciones:

II
Se observa que en fecha 17-10-2012 se realizó la audiencia preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal, en la presente causa, seguida en contra del ciudadano, FERNANDO JOSE VELAZQUEZ RODRIGUEZ, en la comisión del delito de USO DE DOCUMENTOS FALSOS Y USURPACION DE IDENTIDAD previsto y sancionado en el artículo 45 y 47 de la Ley orgánica de identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.


Se evidencia en actas que el ciudadano cumplió satisfactoriamente con la obligación impuesta a su persona en la mencionada audiencia, por lo que, una vez verificado el cumplimiento de la obligación de la suspensión condicional del proceso, por parte del ciudadano, FERNANDO JOSE VELAZQUEZ RODRIGUEZ, se procede a declarar extinguida la acción penal, de conformidad a lo establecido en los artículos 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal; y por consiguiente, se decreta el sobreseimiento de la causa, conforme a lo previsto en los artículos 300 numeral 3 y 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el segundo aparte del artículo 361 ejusdem. Así se decide.

III
Por los fundamentos antes expuestos, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal Fronterizo del estado Zulia, con Competencia Municipal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:

Primero: Se declara extinguida la acción penal, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal; y por consiguiente, se decreta el sobreseimiento de la causa, conforme a lo previsto en los artículos 300 numeral 3 y 301 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el segundo aparte del artículo 361 ejusdem, a favor del ciudadano, FERNANDO JOSE VELASQUEZ RODRIGUEZ, Indocumentado, residenciado en el Barrio el Gaitero, casa N° 70 A- 175, Avenida 72, calle 131 cerca del Liceo Luis Guillermo Ferrer, Municipio Maracaibo en el Estado Zulia, tlf. 0416.6646753-, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTOS FALSOS Y USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 45 y 47 de la Ley orgánica de identificación, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Regístrese, publíquese y notifíquese del contenido de la presente decisión.
JUEZA SÉPTIMA DE CONTROL


DRA. PATRICIA NAVA QUINTERO
EL SECRETARIO


ABOG. DIEGO JOSE RIERA LUQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, y se registró la presente decisión con el número 1264-14.
EL SECRETARIO




ABOG. DIEGO JOSE RIERA LUQUEZ















PNQ/MG
Causa: 7C-27146-11
Inv. Fiscal: 24- F11-0342-11
Asunto: VP02-P-2011-007978