Exp. Nro. 13.136.-
Emelina Carrasquero.-
Ninive Urdaneta y Otros.-
Intimación de Honorarios Profesionales.-
30 de julio de 2012.-

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, siete (07) de agosto de 2014.-
204º y 155º
Visto el desistimiento homologado por este Juzgado en fecha treinta (30) de julio del presente año, este Juzgado en consecuencia Suspende la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha dieciséis (16) de enero del año 2013, y que recayera sobre: una parcela de terreno distinguida con el Nro. 16 del lote dos (02) de la zona A de la Urbanización Coromoto, signada con la Nomenclatura 166-113, ubicada en jurisdicción de la Parroquia San Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, la cual presenta las siguientes medidas y linderos: NORTE: linda con la parcela 17 del lote 2, zona A y mide 30, 42 mts., SUR: linda con la parcela 15 y mide 30, 73 mts., ESTE: linda con la parcela 23 del lote 2, zona A y mide 14,56 mts. y OESTE: linda con la avenida 40C de la misma Urbanización y mide 14, 56 mts. Dicho inmueble pertenece a las ciudadanas YOLENIS COROMOTO BERMUDEZ PORTILLO y OMAIRA ASUNCIÓN MOLERO FLORES, según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio San Francisco del Estado Zulia del Estado Zulia, en fecha doce (12) de abril de 2011, anotado bajo el Nro. 47, tomo 1 del protocolo primero 1°, segundo trimestre, la cual fue ordenada participar mediante oficio Nro. 0039-2013 de la misma fecha.- Ofíciese al Registrador en tal sentido.-
LA JUEZA PROVISORIA,

Dra. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN.-
LA SECRETARIA,

Abog. MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-

En la misma fecha se dictó y publicó la presente resolución quedando anotada bajo el Nro. 08, en el presente expediente signado con el Nro. 13.136, y en la misma fecha se oficio bajo el Nro. 0853-2014.-
LA SECRETARIA,

Abog. MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-





IVR/MRAF/vane*.-
Exp. Nro. 13.136.-