REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
204° y 155°
PARTE ACTORA: Ciudadana ELOISA DEL CARMEN PÉREZ DE HIGUERA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 4.762.008, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Ciudadanos JUAN PEREZ, JAVIER PEROZO MAGGIOLO, LIN DORIS BISNAJA, GIANNA PARRA y KATHERINE GISELLE ZAMBRANO GONZÁLEZ, inscritos en los Inpre-Abogado bajo los Nos. 173.356, 99.843, 56.718, 140.475 y 194.189 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana JHOANA YASMÍN GUTIÉRREZ ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.939.239 y de igual domicilio.
DEFENSOR PÚBLICO DE LA PARTE DEMANDADA: Ciudadano YBRAIN JOSÉ RINCON MONTIEL, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el N° 148.355.
MOTIVO: DESALOJO
Expediente No. 2834-13
De una revisión exhaustiva de los actos procesales acaecidos en el presente procedimiento judicial de Desalojo, este Tribunal observa que la presente acción fue admitida en fecha 19 de noviembre de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 101 y siguiente de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y por cuanto consta al folio ciento veintinueve (129) del presente expediente, exposición mediante la cual el alguacil adscrito a este Tribunal manifestó haber practicado la citación del ciudadano YBRAIN JOSÉ RINCON MONTIEL, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el N° 148.355, en su carácter de Defensor Público Provisorio Primero con Competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria para la defensa del derecho a la Vivienda, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, para la celebración de la audiencia de mediación establecida en el artículo 103 de la citada Ley, la cual quedó pautada para el día de hoy once (11) de agosto de 2014, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), y hecho el anuncio de Ley a las puertas de este Despacho, el Tribunal deja expresa constancia que la parte actora no compareció por sí, ni por medio de apoderado judicial al presente acto, en consecuencia, este Tribunal declara desistido el procedimiento y consecuencialmente terminado el presente juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda y así se declara. Se deja expresa constancia que estuvo presente en este acto el profesional del derecho, ciudadano YBRAIN JOSÉ RINCON MONTIEL, antes identificado.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3º y 9º del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2014). Años: 204° de la Independencia y 155º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR
XIOMARA REYES
EL DEFENSOR PÚBLICO
YBRAIN JOSÉ RINCÓN MONTIEL
LA SECRETARIA TITULAR
MARIELIS ESCANDELA
En esta misma fecha, siendo las diez y diez minutos de la mañana (10:10 a.m.), se dictó y publicó el fallo que antecede.
LA SECRETARIA TITULAR
MARIELIS ESCANDELA
XR/me
Exp. 2834-13
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