REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
La Asunción, Cuatro (04) de Agosto de Dos Mil Catorce (2014)
Años 204º y 155º
En el día de hoy, Cuatro (04) de Agosto de Dos Mil Catorce (2014), siendo las nueve y cincuenta y cuatro minutos de la mañana (09:54 a.m.), se trasladó y constituyó éste Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por el Abogado JORGE HUERTA POLIDOR, Juez Provisorio en compañía de la Secretaria Temporal Abogada LAURA MILLÁN NARVAEZ, el Abogado Wildel Marcano Asistente de Tribunal, y la ciudadana NADIUSKA VASQUEZ, Alguacil Temporal de éste Despacho, en el área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre el Parque Nacional Laguna de La Restinga, ubicado entre los Municipios Tubores y Península de Macanao del Estado Nueva Esparta; con el fin de practicar la Inspección Judicial acordada mediante auto de fecha 01 de Agosto de 2014, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 49, 127, 128, 129 y 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo establecido en los artículos 1 y 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Seguidamente el Tribunal Agrario deja constancia que en el área de terreno objeto de presente inspección judicial se hicieron presentes los siguientes ciudadanos: Eduardo Vargas en su condición de Ingeniero Residente de Obra y Representante de la Empresa Constructora Pilperca, el T.S.U Eulogio López, Encargado de la Seguridad Industrial de la Empresa Constratista Pilperca, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.475.786 y V-15.005.285 respectivamente, y la Ingeniera Elizabeth Puleo Fernández, titular de la cédula de identidad Nº V-3.995.313, Directora Estadal Ambiental del Estado Nueva Esparta Adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Acto seguido el Tribunal Agrario pasa a designar como expertos a la Licenciada Graciela Hernández, biólogo Marino, titular de la cédula de identidad Nº V-4.226.658, al Ingeniero Francisco Marín, titular de la cédula de identidad Nº V-11.852.703, y al T.S.U Harlen Mendoza, titular de la cédula de identidad Nº V-6.496.355, funcionarios pertenecientes a la Dirección Estadal Ambiental del Estado Nueva Esparta Adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, para que asesoren a éste Tribunal en la práctica de la presente Inspección Judicial de Oficio; quienes estando presentes en el área de terreno objeto de la presente inspección judicial aceptaron tales designaciones y prestaron el juramento de Ley. Seguidamente el Tribunal Agrario con el asesoramiento de los expertos designados, pasa a efectuar un recorrido por el área donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre el Parque Nacional Laguna de La Restinga, a los fines de dejar constancia de los siguientes particulares: PRIMERO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento de los expertos designados, que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, existe un terraplén confinado (muro de tierra armada) que constituirá la rampa de acceso del segundo puente de la Laguna de La Restinga; SEGUNDO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento de los expertos designados que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, se encuentra una máquina perforadora de pilotes (martillo de impacto), realizando labores de perforación para hincar las bases (pilotes) que servirán de estribo de la estructura del segundo puente sobre la Laguna de la Restinga; TERCERO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento de los expertos designados que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, existen trampas de retención de sedimentos colocadas por la empresa Constructora Pilperca, que de acuerdo con información suministrada por el Ingeniero Residente de la Obra, el ciudadano Eduardo Vargas arriba identificado, consiste en colocar un enrocado suelto en la ribera de la boca de la laguna, que tienen la función de evitar que los sedimentos objeto de la remoción y compactación del área en construcción se depositen en la Laguna de La Restinga; CUARTO: El Tribunal Agrario deja constancia con el asesoramiento de los expertos designados, que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, que el espejo lagunar no se encuentra afectado por los trabajos de construcción que realiza actualmente la empresa Pilperca, observándose organismos del bentos marinos; QUINTO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, no se observó mortandad de peces, ni afectación de organismo marinos tales como: esponjas, algas, praderas de thalassia; SEXTO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, no se observó mortandad de aves marinas costeras, tales como el perico cara sucia Aratinga pertinax, el perico carapaico o ñángaro aratinga acuticaudata neoxena; SEPTIMO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados, que en el lindero este de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, contiguo al muro de tierra armado existe una conformación y compactación del terreno con una pendiente suave hacia la ribera de la laguna con el objeto de facilitar el escurrimiento de las aguas superficiales en épocas de lluvias; OCTAVO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados, que en el lindero oeste de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, se encuentra una máquina retroexcavadora marca Jumbo, realizando labores de movimientos de tierras, extrayendo material lodoso de las riberas de la laguna, así como restos de manglares deforestados (raíces); NOVENO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados que en el lindero oeste de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, existen restos de manglares de portes bajos, con radios promedios de cuatro metros (4 mts) aproximadamente, deforestados por la empresa Constructora Pilperca, en un área aproximada de sombra de cincuenta metros cuadrados (50 mts2); DÉCIMO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados que en el lindero oeste de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, se encuentran un grupo de trabajadores pertenecientes a la empresa Constructora Pilperca, realizando labóreles de riego en el follaje de los manglares con la finalidad de minimizar la fijación del polvo que se encuentra en las hojas de los mismos con el objeto de garantizar la sobrevivencia de los manglares durante los trabajos de construcción de la obra; DÉCIMO PRIMERO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados, que en el lindero oeste de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, no se observó a los alrededores, ni en la Laguna, mortandad de peces, ni de aves marino costeras en la zona; DÉCIMO SEGUNDO: El Tribunal Agrario deja constancia con la asistencia de los expertos designados, que en el lindero oeste de los terrenos pertenecientes a la Jurisdicción del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta, del área de terreno donde se están realizando los trabajos de Construcción del Segundo Puente sobre Laguna de La Restinga, existe una conformación y compactación del terreno con una pendiente suave hacia la ribera de la Laguna con el objeto de facilitar el escurrimiento de las aguas superficiales en épocas de lluvias. No habiendo otro particular al cual hacer referencia concluye la presente inspección judicial. Asimismo, se le concede a los expertos designados y juramentado un lapso de tres (03) días de despacho siguientes al de hoy, a los efectos de que consignen el respectivo informe técnico y fotográfico correspondiente a la presente Inspección Judicial. OBSERVACIONES: Se deja constancia que el Ingeniero Eduardo Vargas, titular de la cédula de identidad Nº V-15.475.786, en su condición de Ingeniero Residente de la Obra y Representante de la Empresa Constratista Pilperca, consignó por ante está Instancia Agraria, copia fotostática de la Providencia Administrativa Aprobatoria Nº 027, de fecha 02 de julio de 2014, emanada de la Presidencia del instituto Nacional de Parques, mediante la cual se autorizó la ejecución de los trabajos inherentes al Proyecto “Construcción del Segundo Puente sobre la Laguna de la Restinga”, dentro los lineros del Parque Nacional Laguna de La Restinga, y en la cual se decidió: PRIMERO: Otorgar Aprobación Administrativa por vía de excepción al ciudadano Roigar López, en su carácter de Director Estadal del Ministerio del poder Popular para el Transporte Nueva Esparta, para la ejecución de los trabajos inherentes al Proyecto “Construcción del Segundo Puente sobre La Laguna de La Restinga”, específicamente en la boca de la laguna, dentro de los linderos del Parque Nacional Laguna de La Restinga, en un área total de ocho mil noventa y seis coma cincuenta y seis metros cuadrados (8.096,56 M2), comprendida entre cinco mil ochocientos ochenta y siete coma veintiocho metros cuadrados (5.887,28 M2) para la ocupación del territorio y dos mil doscientos nueve como veintiocho metros cuadrados (2.209,28 M2) para la afectación del los recursos naturales, localizado entre las siguientes coordenadas poligonales UTM, GEGVEN, HUSO 19:
PUNTO NORTE ESTE
1 370980 1213391
2 370965 1213367
3 370779 1213491
4 370301 1213826
5 370722 1213516
6 370703 1213474
SEGUNDO: Se autoriza única y exclusivamente la ejecución de los siguientes trabajos: a) Movimiento de tierra y construcción de muros de tierra armada mediante excavaciones tipo cajuela, b) Construcción de una estructura a partir de fundaciones o pilotes perforados con una profundidad de 20 y 30 metros, los cuales se agregaran tramos parciales que se sostienen del tramo anterior, utilizando el método constructivo pionero en el país llamado Puente de Volados Sucesivos; TERCERO: el objetivo del proyecto es llevar a cabo la construcción del Segundo Puente sobre La Laguna de La Restinga, con la finalidad de satisfacer las necesidades del Municipio Península de Macanao del Estado Nueva Esparta; CUARTO: La empresa Constructora Pilperca y la Dirección Estadal del Ministerio del Poder Popular para el Transporte Terrestre Nueva Esparta, deberán dar estricto cumplimiento a las medidas y recomendaciones establecidas en el Estudio de Impacto Ambiental (EIAS) del Proyecto “Construcción del Segundo Puente sobre La Laguna de La Restinga “. Asimismo, consignó en copia fotostática del Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural del Proyecto, fe fecha 2014: Construcción del Segundo Puente Sobre La Laguna de La Restinga. De igual manera la Licenciada Graciela Hernández, arriba identificada, consignó Informe de Inspección del Segundo Puente “Antonio Reina Antoni”, sobre el Parque Nacional Laguna de La Restinga, ubicada en los Municipios Tubores y Península de Macanao del Estado nueva Esparta, de fecha 26 de julio de 2014, emanado de la Dirección Estadal Ambiental del Estado Nueva Esparta Adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Ambiente. Vista la documentación consignada este Tribunal Agrario ordena agregarla a la presente acta, siendo las once y doce minutos de la mañana (11:12 a.m.) concluyó la presente inspección judicial y aún en sitio se ordena el regreso a su sede natural; En consecuencia se levanta un ejemplar de la presente acta a un mismo efecto y un solo tenor y ordena agregarla junto la documentación consignada al expediente respectivo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El Juez Provisorio,
Abg. Jorge Huerta Polidor
La Secretaria Temporal,
Abg. Laura Millán Narváez,
Los Expertos Designados,
Por Parte de la Empresa Contratista
El Asistente de Tribunal,
La Alguacil Temporal,
EXP. Nº A-0021-14
JHP/LMN/wm.-