REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

San Juan Bautista, 5 de Agosto de 2014
204° y 155°

Vista la diligencia de fecha 4 de Agosto de 2014, por el abogado LUIS AUGUSTO GÓMEZ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado N° 130.189, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARGELIA YANETH AGUIAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.201.283, mediante la cual expone: “Consigno copia simple de la pagina 226, correspondiente al Libro de Préstamo de Causas que reposa en este Digno Tribunal, donde puede observarse que en fecha 25 de junio de 2014, la apoderada judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, parte querellada, abogada BELEN MILAGROS SALAZAR, venezolana, mayor, titular de la cédula de identidad N° V-16.931.504, hizo acto de presencia en esta sede judicial y solicitó el expediente Q-0994-14, para su respectiva revisión y lectura, siendo devuelto al archivo y estampado su firma; consignación que realizo a fin de que se constate lo antes manifestado y se declare que la mencionada apoderada judicial se dio por notificada en esa misma fecha con la actuación realizada, en virtud de existir dicha constancia en el libro de préstamo de causas llevadas por este Juzgado; por lo antes expuesto la respuesta a la presente querella consignada por la apoderada se hizo luego de culminado el lapso de 15 días hábiles para responder que comenzó a transcurrir al siguiente día hábil, es decir a partir del 26 de junio de 2014 al 25 de julio de 2014. en tal sentido, el lapso de contestación feneció el 25 julio, según el calendario de los días hábiles y de despacho llevados por este Tribunal, los cuales se discriminan de la siguiente manera: 1.-tres (3) días de despacho, 26, 27, 30, del mes de junio de 2014; 2.-doce (12) días de despacho, 01, 02, 03, 11, 14, 16, 17, 18, 21, 22, 23 y 25, del mes de julio de 2014. Por lo antes expuesto la respuesta a la querella funcionarial por parte de la Apoderada Judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal de Mariño del estado Nueva Esparta, se consignó fuera del lapso correspondiente, por encontrarse fenecido los 15 días para responder; por tal motivo no convalidamos la respuesta realizada por la querellada y solicitamos respetuosamente al juez el pronunciamiento correspondiente”; este Tribunal para proveer de la misma previamente observa:

En fecha 16 de junio de 2014, este Juzgado Superior se declaro competente, admitió el presente recurso, ordenando se libren oficios de notificación y citación Nros O/419-14 y O/420-14, dirigidos a la Sindica Procuradora Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta y al Director General del Instituto de Policía Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.

En fecha 18 de junio de 2014, comparece ante este Tribunal la ciudadana MARGELIA YANETH AGUIAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.201.283, asistida por el abogado LUIS GOMEZ CEDEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.189, mediante la cual consigna copias de la presente querella, a fin de formar parte de las compulsas correspondientes; Igualmente, consigna poder Apud-Acta otorgado al abogado LUIS GOMEZ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.675.967, e inscrito en el Inrpeabogado bajo el N° 130.189.

En fecha 1 de julio de 2014, comparece ante este Juzgado Superior el ciudadano EMMANUEL REYES REYES, en su condicción de Alguacil de este despacho, mediante la cual consigna oficio Nros O/420-14 y O/419-14, dirigidos a la Sindica Procuradora Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta y al Director del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta.

En fecha 30 de julio de 2014, comparece por ante este Juzgado Superior el ciudadano RAFAEL DOMINGO SANTIAGO MATERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.202.645, e inscrito en el Inrpeabogado bajo el N° 121.412, en su carácter de apoderado judicial del Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, mediante el cual consigna, escrito de contestación de la demanda y expediente administrativo de la ciudadana MARGELIA YANETH AGUIAR SALAZAR, antes identificada.

En fecha 4 de agosto de 2014, este Juzgado Superior, vencido como se encuentra el lapso de contestación en el presente asunto fija para el quinto (5°) día de despacho siguiente al de hoy, la audiencia prelimar de conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.

En fecha 4 de Agosto de 2014, comparece por ante este Tribunal el abogado LUIS AUGUSTO GÓMEZ CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado N° 130.189, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARGELIA YANETH AGUIAR SALAZAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.201.283, mediante la cual solicita copia simple de la pagina 226, del libro de prestamos de causas que reposa en este Tribunal; Igualmente, solicita se entienda por notificada la parte querellada desde la fecha 25 de junio de 2014, en la cual la abogada BELEN MILAGROS SALAZAR, antes identificada, hizo la solicitud del expediente por ante el archivo de este Tribunal, a los fines de considerar la consignación del escrito de contestación como extemporáneo o que no fue presentado en su debida oportunidad.

En virtud de lo antes transcrito, este Juzgado Superior, en lo referente al señalamiento ofrecido por el apoderado judicial de la querellante lo apreciara en la oportunidad de dictar el fallo definitivo.

Asimismo, este Tribunal ordena expedir por Secretaria cómputo de los días de despacho transcurridos desde el día 1 de Julio de 2014, exclusive, oportunidad en que consta en autos la última de las notificaciones libradas en el auto de admisión de fecha 16 de junio de 2014, hasta el día 4 de agosto de 2014, exclusive, fecha en la que se fijó la audiencia preliminar en la referida causa. Cúmplase.
EL JUEZ,

Abg. HERMES BARRIOS FRONTADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL,

Abg. CESAR E. SANABRIA JIMENEZ

Exp. No. Q-0994-14.
HBF/cesj/Pedro