REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 13 de Agosto de 2014
204º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-006621
ASUNTO : NP01-P-2014-006621

Vista la solicitud formulada por ante este Tribunal Primero de Control por el ciudadano LUIS ARMANDO OCHOA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-83.118.952, en su carácter de propietario, según factura de compra N° 00-015896, de fecha 12/12/2012, emitida por Distribuidora El Panita, C.A, y Certificado de Origen N° BU-058885, emitido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 31/12/2011, mediante el cual solicita la entrega del Vehículo con las siguientes características: MARCA: KEEWAY, MODELO: HORSE II 150, COLOR: AZUL, TIPO: PASEO, PLACAS: AA0F55F, SERIAL DE MOTOR: KW162FMJ2410377, SERIAL DE CARROCERÍA:7123P1K1XCM001362. Aduciendo ser el propietario del vehículo solicitado.

El Tribunal para decidir, previamente observa:

Corre inserta en el folio Uno (01), Denuncia Común, de fecha 02/07/2013, suscrita por el ciudadano OCHOA LUIS, el cual manifestó “en momento que salía de su trabajo en la Urbanización Juanico Country, dos sujetos en una moto color roja lo interceptaron, el parrillero se bajó y lo apuntó amenazándolo de muerte y se llevó su moto: MARCA: KEEWAY, MODELO: HORSE II 150, COLOR: AZUL, TIPO: PASEO, PLACAS: AA0F55F, SERIAL DE MOTOR: KW162FMJ2410377, SERIAL DE CARROCERÍA: 7123P1K1XCM001362, valorada en DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (10.250,00 Bs)”. Corre inserta al folio Diez (10), Acta de Investigación Penal, suscrita por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Sub Delegación Maturín, en fecha 11/07/2013, donde se deja constancia de que en esa misma fecha, se presentó una comisión de Polimaturín, remitiendo actuaciones relacionadas con la aprehensión de los ciudadanos ANDERSON JUNIOR LÓPEZ ROMERO, titular de la cedula de Identidad N° V- 19.633.300 y CRUZ EDUARDO OROPEZA, titular de la cedula de Identidad N° V- 21.349.853, quienes fueron aprehendidos por funcionarios de ese organismo en el momento en que se desplazaban en un vehículo clase moto y llevaban en su poder un arma de fuego tipo escopeta sin marcas ni seriales aparentes, la cual fue remitida como evidencia de interés Criminalistico, de igual forma remiten un vehículo con las siguientes características: CLASE MOTO, MARCA EMPIRE, MODELO HORSEN II, COLOR AZUL, TIPO PASEO, PLACAS A33U92M, SERIAL DE MOTOR: KW162FMJ2410377, SERIAL DE CARROCERÍA: 8123P1K1XOM004362. Hecho ocurrido en el Sector Guarapiche II de esta ciudad, el 11/07/2013, en horas de la mañana; dándose inicio a las Actas procesales K-12-0074-03624, por uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PÚBLICO, seguidamente se verificó el estatus de los aprehendidos, constatando por el Sistema Integral de Información Policial, que no presentan registros policiales ni solicitud alguna, quedando a la orden de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público.

EXPERTICIA DE AVALUO DE VEHICULO Nº 9700-074-53, de fecha 12-07-2013, cursante al folio 13, practicada a un Vehiculo de MARCA: EMPIRE, MODELO HORSE. CLASE MOTO, COLOR AZUL, TIPO PASEO, PLACAS AB3U92M, en la cual se dejo constancia de lo siguiente: …”Conclusiones:
1.-Que el Serial de la Carrocería: 8123P1K1XOM004362, presenta ALTERADOS, el cuarto digito (4) y el octavo dígito (0), visto de derecha a izquierda, mediante la utilización de un lente óptico (lúpa), se logró obtener el cuarto dígito original (1) y el octavo dígito original (c), quedando el serial de carrocería de la siguiente manera: 123P1K1XCM001362.
2.-que el Serial del motor: KW162FMJ2416377, presenta el cuarto dígito (6) alterado, visto de derecha a izquierda, mediante la utilización de un lente óptico (lupa), se logró obtener el décimo dígito original (0), quedando el el serial de carrocería de la siguiente manera: KW162FMJ2410377.

3.-Que la carrocería presenta el color AZUL.

4.- Que verificado el Serial de Carrocería Original: 8123P1K1XCM001362 y el serial de motor: KW162FMJ2410377, por el sistema de Información Policial (SIIPOL), de este cuerpo policial, se constató que la moto en estudio se encuentra SOLICITADA por ante este despacho, según Expediente N° K-13-0074-03392, de fecha 02/07/2013, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO.

Visto y analizado lo trascrito up supra, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a derecho en el presente Asunto es Acordar la Negativa de Entrega del Vehículo MARCA: KEEWAY, MODELO: HORSE II 150, COLOR: AZUL, TIPO: PASEO, PLACAS: AA0F55F, SERIAL DE MOTOR: KW162FMJ2410377, SERIAL DE CARROCERÍA: 7123P1K1XCM001362, ya que se pudo verificar que el mismo se encuentra solicitado, por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Maturín, según expediente Nº K-13-0074-03392, de fecha 02/07/2013, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO.

Pues bien, efectivamente, observa quien aquí decide que la Experticia de reconocimiento, de serial de carrocería y motor, realizada por funcionarios, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas Sub. Delegación de Maturín, Estado Monagas, donde se concluye lo siguiente: 1.-Que el Serial de la Carrocería: 8123P1K1XOM004362, presenta ALTERADOS, el cuarto digito (4) y el octavo dígito (0), visto de derecha a izquierda, mediante la utilización de un lente óptico (lupa), se logró obtener el cuarto dígito original (1) y el octavo dígito original (c), quedando el serial de carrocería de la siguiente manera: 123P1K1XCM001362. 2.-que el Serial del motor: KW162FMJ2416377, presenta el cuarto dígito (6) alterado, visto de derecha a izquierda, mediante la utilización de un lente óptico (lúpa), se logró obtener el décimo dígito original (0), quedando el serial de carrocería de la siguiente manera: KW162FMJ2410377. 3.-Que la carrocería presenta el color AZUL. 4.- Que verificado el Serial de Carrocería Original: 8123P1K1XCM001362 y el serial de motor: KW162FMJ2410377, por el sistema de Información Policial (SIIPOL), de este cuerpo policial, se constató que la moto en estudio se encuentra SOLICITADA por ante este despacho, según Expediente N° K-13-0074-03392, de fecha 02/07/2013, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO. por lo que en consecuencia este Tribunal NIEGA la Entrega del Vehículo solicitado. Así se decide.

En merito de las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO, al ciudadano LUIS ARMANDO OCHOA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-83.118.952, mediante el cual solicita la entrega del Vehículo con las siguientes características: MARCA: KEEWAY, MODELO: HORSE II 150, COLOR: AZUL, TIPO: PASEO, PLACAS: AA0F55F, SERIAL DE MOTOR: KW162FMJ2410377, SERIAL DE CARROCERÍA: 7123P1K1XCM001362, ya que se pudo verificar que el mismo se encuentra solicitado, por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Maturín, según Expediente N° K-13-0074-03392, de fecha 02/07/2013, por el delito de ROBO DE VEHÍCULO. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Se acuerda que el presente asunto sea remitido a la Fiscalía Primera, en su oportunidad correspondiente. Hágase lo conducente. Cúmplase.
El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario