REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, cinco de agosto de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: VP01-L-2014-001239

Vista la diligencia, suscrita por el abogado GUILLERMO CALLEJAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el No. 185.298, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE CARDOZO, titular de la cedula de identidad No. 5.830.263, mediante la cual desiste de la demanda que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, tiene incoada en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MONTACARGA, C.A; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO le imparte su aprobación y le otorga el carácter de Cosa Juzgada, dando por terminado el procedimiento que por Prestaciones Sociales siguió el ciudadano JOSE CARDOZO en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MONTACARGA, C.A, y se ordena el archivo definitivo del expediente.-

La Juez


Abog. Marlene Rojas de Siu


El Secretario

Abg. Luís Miguel Martínez