REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia con sede en Cabimas
Cabimas, Catorce (14) de Abril de Dos mil Catorce (2014)
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL: VP21-L-2013-000074

PARTE DEMANDANTE: CESAR AUGUSTO JARABA IBARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.863.783, domiciliado en el Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia.
APODERADOS JUDICIALES: LEIDYS QUEIPO GUADAMA, LUZ ENIRDA GONZÁLEZ VALBUENA y MARLYDYS OLIVERA, abogadas en ejercicio, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 129.096, 130.302 y 126.469, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: SERVICIOS MARINOS M & E, COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Zulia, en fecha 23 de septiembre de 2004, bajo el Nro. 18, Tomo 7-A, siendo su última Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, celebrada en fecha 09 de julio de 2009, inscrita por ante la misma Oficina, en fecha 22 de noviembre de 2010, bajo el Nro. 20, Tomo 6-A.
APODERADOS JUDICIALES: No constituyó apoderado judicial alguno.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

SENTENCIA ORAL

En el día hábil de hoy, catorce (14) de abril del año Dos Mil Catorce (2014), siendo las 09:00 a.m., día y hora fijadas por el Tribunal para que tenga lugar la celebración de la Audiencia de Juicio Oral, Pública y Contradictoria, con ocasión del juicio que por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuso el ciudadano CESAR AUGUSTO JARABA IBARRA en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MARINOS M & E, COMPAÑÍA ANÓNIMA, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo, dejándose expresa constancia de la no comparecencia del trabajador demandante y de la parte demandada, ni por sí ni por medio de representación judicial alguna; en virtud de lo cual se declara EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el cual expresa textualmente lo siguiente:

“Si ninguna de las partes compareciere a la audiencia, el proceso se extinguirá y así lo hará constar el juez, en acta que inmediatamente levantará al efecto”. (Negrillas y subrayado del Tribunal).

En consecuencia, por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: EXTINGUIDO EL PROCESO que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES interpuso el ciudadano CESAR AUGUSTO JARABA IBARRA, en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS MARINOS M & E, COMPAÑÍA ANÓNIMA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo. Se ordena expedir copia certificada de esta resolución por Secretaría a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y Numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial vigente. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA CERTIFICADA Y ARCHÍVESE. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.


Abg. JUAN DIEGO PAREDES BASTIDAS
JUEZ PRIMERO DE JUICIO


Abg. JANETH RIVAS
SECRETARIA

NOTA: En esta misma fecha siendo las 10:21 de la mañana, se dictó y publicó la anterior Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva.


Abg. JANETH RIVAS
SECRETARIA
JDPB/pm
VP21-L-2013-000074.-