REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.854

En el día de hoy, 23 de Abril del año dos mil catorce, siendo las 10:50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del INSTITUCIÓN BANCARIA BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, C.A, ubicado en la calle 96, entre Avenidas 4 y 5, frente a la Plaza Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: 25444. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN seguido por la ciudadana BARBARA CRISTINA LLINAS GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 15.281.102, a favor de los xxxxxxxxxxxxxxxxxen contra del ciudadano DANIEL JOSÉ ODUBER IBAÑEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.600.685. En este estado presente el ciudadano (a): RODOLFO BAEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.527.026, quién se identifico con el carácter de COORDINADOR ARCHIVO Y CORRESPONDENCIA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó: MEDIDA DE EMBARGO sobre: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano DANIEL JOSÉ ODUBER IBAÑEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.600.685, como Supervisor de campo al servicio de la INSTITUCIÓN BANCARIA BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, C.A, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO, las siguientes cantidades: EL CIEN POR CIENTO (100%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al ciudadano DANIEL JOSÉ ODUBER IBAÑEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.600.685, como Supervisor de campo al servicio de la INSTITUCIÓN BANCARIA BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, C.A, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral, cantidad que deberá remitir en su oportunidad en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP. No. 25444. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:45 AM.-

LA JUEZ.

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA