REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, siete (7) de abril de dos mil catorce (2014)
203º y 155º
ASUNTO: OP02-L-2011-000654
IDENTIFICACION DE LAS PARTES:
PARTE ACCIONANTE: Ciudadana YURUARI ZAMUDIO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de la Identidad Nro. V-13.848.229, de este domicilio.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONANTE: ABG. MARYS ROMERO, ABG. BENJAMÍN JOSÉ MARTÍNEZ ALVINO, ABG. MARIA GABRIEL MARTÍNEZ, ABG. NAKAD CASTILLO CHAMES MARIA Y OTROS, inscritas en el inpreabogado bajo los Nros. 50.817, 132.181, 101.787 y 106.856.-
PARTE ACCIONADA: Empresa CIRSA CARIBE, C.A.”; inscrita en Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, de fecha 10 de Noviembre de 1997, Nro. 70, Tomo 13-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACCIONADA: ABG. LOIDA MARCANO DE DÍAZ, ABG. STEFANO DAZZO MANISCALCO, ABG. DAVID LEONARDO PENNA VIAMONTE y la ABG. STEFANIA CAROLINA DÍAZ MARCANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.290, 53.739, 69.142 y 180.424.-
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

Vista la diligencia presentada ante este juzgado en fecha 04-04-2014, por una parte por la ciudadana YURUARI ZUJAILA ZAMUDIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.848.229, asistida por la abogada en ejercicio VICTORIA NAVIA QUINTERO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 40.454, parte actora en la presente causa, mediante la cual expone: “Desisto del Procedimiento y de la Acción en el juicio que por Cobro de bolívares (prestaciones sociales y otros conceptos) intenté en contra la empresa CIRSA CARIBE, C.A.; identificada en autos contenida en el respectivo, pido a este juzgado homologue el presente Desistimiento y ordene al archivo del expediente”; así mismo, vista la diligencia presentada en fecha cuatro (04) de Abril de dos mil catorce (2014), por la abogada en ejercicio LOIDA MARCANO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 180.424, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, CIRSA CARIBE, C.A.; mediante la cual expone: “Aceptó el desistimiento hecho por la ciudadana YURUARI ZAMUDIO, identificada en autos” Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en virtud que la solicitud de las partes se realiza de manera conciente, voluntaria, libre y espontánea y no contraría ninguna disposición legal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN, efectuado por la representación judicial de la parte actora y consentido por la parte demandada, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así mismo, se ordena el archivo del presente asunto. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ.,


Dra. ROSANGEL MORENO SERRA.



LA SECRETARIA,
RMS/yvs.