N° DE EXPEDIENTE: NP11-L-2013-001010
PARTE ACTORA: JUAN CABRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.049.902 de este domicilio
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KELY VEGAS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 184.752 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NARKIS CHIARELLI, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 63.456
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 24 de abril de 2014, comparecieron por ante este Tribunal, los Abg. EDUARDO OVIEDO, KELY VEGAS, en su carácter de Apoderados Judiciales del demandante y los Abg. NARKIS CHIARELLI, MEYCKERD ABAD, en su carácter de Apoderados Judiciales de la empresa CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A., identificados todos en el encabezamiento de la presente acta y en tal sentido han llegado a un acuerdo en la prolongación, el Tribunal en virtud de tal solicitud de las partes y a manera transaccional, en consecuencia se levanta la presente acta en los términos siguientes: al ciudadano JUAN CABRERA, por la cantidad total de DIECIOCHO MIL BOLÍVARES, (Bs. 18.000), el cual será consignado por ante la OCC de esta Coordinación del Trabajo el día 19-05-14. Los Apoderados Judiciales aceptan la propuesta y están totalmente satisfecho con el pago, no quedando nada más que reclamarle a la empresa por los conceptos establecidos en el libelo de la demanda, el pago de las Diferencias de Prestaciones Sociales y Demás Conceptos; de conformidad con lo expuesto las partes han llegado al acuerdo antes expuesto de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes así como el archivo del expediente. Este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se anexa transacción en donde se expondrán los motivos de la misma. Se deja constancia que se entregan las pruebas en este acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. José L. Adrián Mata
Los Apoderados del trabajador El Secretario(a)
Los apoderados Judicial de las empresa
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario (a).
|