REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas
Maturín, 4 de Abril de 2014
203º y 155º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2014-004313
ASUNTO : NP01-P-2014-004313


Corresponde a este Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, decidir sobre la solicitud de declinatoria de competencia solicitada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público en relación al presente asunto, signado bajo la nomenclatura NP01-P-2014-004313, instruido en contra del ciudadano ANTHONY JHON ALFONSO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. 8.244.940, Natura de Maturín estado Monagas, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 04-09-1966, de profesión u oficio Abogado, residenciado en la Calle Bermúdez, edificio Banesco, apartamento 12, Maturín Estado Monagas, hijo de Mirian Morales ( V) y Anthony Alfonso( V), el cual se encuentra solicitado por el Tribunal Sexto de Primera instancia Penal en Función de Control del circuito Judicial penal del estado Sucre, Según Oficio Nro. 008586 de fecha 08-06-2001 por el delito de estafa, Causa Nro. RP01-P-2011-002647. Así se evidencia que por ante este Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, no presenta causa Penal, por lo que debe ser puesto a la orden de sus jueces naturales de conformidad al artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal y lo establecido en el artículos 80 todos del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual podría causar un gravamen irreparable al ciudadano ANTHONY JHON ALFONSO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. 8.244.940, Natura de Maturín estado Monagas, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 04-09-1966, de profesión u oficio Abogado, residenciado en la Calle Bermúdez, edificio Banesco, apartamento 12, Maturín Estado Monagas, el cual se encuentra requerido por el Tribunal arriba identificado, se realizan las siguientes consideraciones:

Todo de conformidad a una Tutela Jurídica Efectiva, previsto en el artículo 26 de la Carta Magna y 49 ejusdem. Todo en aras de no vulnerar los derechos y garantías que le asisten al ciudadano antes mencionado, de conformidad a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo preceptuado en el artículo 80 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

Este Tribunal Primero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DEL TERRITORIO, del asunto signado bajo la nomenclatura NP01-P-2014-004313, del ciudadano ANTHONY JHON ALFONSO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. 8.244.940, Natura de Maturín estado Monagas, de 47 años de edad, fecha de nacimiento 04-09-1966, de profesión u oficio Abogado, residenciado en la Calle Bermúdez, edificio Banesco, apartamento 12, Maturín Estado Monagas, hijo de Mirian Morales ( V) y Anthony Alfonso( V), el cual se encuentra solicitado por el Tribunal Sexto de Primera instancia Penal en Función de Control del circuito Judicial penal del estado Sucre, Según Oficio Nro. 008586 de fecha 08-06-2001 por el delito de Estafa, Causa Nro. RP01-P-2011-002647, a los fines de que sea escuchado por su Juez natural, se ordena oficiar al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas Sub. Delegación Maturín estado Monagas, para que con la urgencia del caso el mismo sea trasladado a la Policía del Estado Anzoátegui, y lo colocarlo a la orden del por el Tribunal Sexto de Primera instancia Penal en Función de Control del circuito Judicial penal del estado Sucre. Cúmplase y líbrese los respectivos oficios.-

El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario