ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000358
PARTE ACTORA: PEDRO LOPEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Denis Zambrano
PARTE DEMANDADA: SUELOS INGENIERIA INC. SUCURSAL VENEZUELA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Simón Mendoza
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,4 de Abril de 2014, siendo las 11:13 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos PEDRO LOPEZ y SUELOS INGENIERIA INC. SUCURSAL VENEZUELA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de veintisiete mil doscientos tres Bolívares (Bs.27.203,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera BANCARIBE signado bajo el numero: 65740186 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que las partes presentan escrito el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes