ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-000153
PARTE ACTORA: FERNANDO JAVIER CHOURIO LEDEZMA
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Carlos Linares
PARTE DEMANDADA: CAPAC, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Giksa salas
MOTIVO: Prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy,23 de Abril de 2014, siendo las 10:14 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos FERNANDO JAVIER CHOURIO LEDEZMA y CAPAC, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cinco mil Bolívares (Bs. 5.000,00) para satisfacer así los conceptos laborales reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano por ante el tribunal el día cinco (5) de MAYO de 2014 A LAS 11:00 A.M. en este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades pata tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes