REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 17 de septiembre de 2013.
203° y 154º
ACTA
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2013-000493
PARTE DEMANDANTE: JOSE ACOSTA, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 19.718.887 No compareció a la Audiencia Preliminar.
APODERADOS JUDICIALES: JEAN CARLOS MAITA, inscrito en el IPSA bajo el N° 91.735
PARTE DEMANDADA: MODIRIATE EHDASS C.A
APODERADO DE LA DEMANDADA: MARISOL MARTINEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 56.612
MOTIVO: INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL
En fecha Once (11) de abril de dos mil trece (2013) el ciudadano JOSE ACOSTA, ya identificado, asistido por el abogado JEAN CARLOS MAITA, comparece por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circunscripción Judicial y presenta demanda por INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL contra la empresa MODRIATE EHDASS C.A.
Distribuida la causa, correspondió su conocimiento al Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, procediendo la Juzgadora a ordenar la admisión en fecha doce (12) de abril de 2013, librándose los correspondientes Carteles de Notificación a la demandada.
En fecha 21 de mayo de 2013, la parte actora presenta escrito de reforma de libelo, siendo admitido en fecha veintidós (22) de mayo de 2013, y librando nuevo carteles de notificación. El 29 de julio de 2013 se procede a la notificación de la accionada y transcurrido el lapso para la comparecencia a la Audiencia Preliminar que dispone la Ley Adjetiva Laboral, en fecha 17 de septiembre de 2013, oportunidad correspondiente para celebrar la Audiencia, se dejó constancia que realizado el anuncio por parte del Alguacil de esta Coordinación del Trabajo de la celebración de la Audiencia a la hora señalada en el auto de fecha veintidós (22) de julio de 2013 del expediente, la parte demandante ciudadano JOSE ACOSTA ya identificado, no compareció ni por si ni por medio de su apoderado judicial abogado JEAN CARLOS MAITA a la realización de la Audiencia Preliminar, e igualmente se dejó constancia de la comparecencia de la accionada MODRIATE EHDASS C.A., por intermedio de su apoderada judicial MARISO MARTINEZ.
Siendo la comparecencia a la Audiencia Preliminar de fundamental importancia, cuya falta acarrea las consecuencias jurídicas que dispone la propia Ley Adjetiva Laboral para la parte que no cumpla con su carga procesal, lo que conlleva forzosamente al Tribunal a dictar decisión oral conforme al caso.
DECISIÓN
Vista la incomparecencia a la Audiencia Preliminar del ciudadano JOSE ACOSTA parte actora en este procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas procedió a dictar la decisión en forma Oral tal como consta de acta levantada al efecto y publica en este mismo día la presente decisión. En consecuencia este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Se advierte a las partes que podrán ejercer los recursos que consideren pertinentes dentro de los cincos días hábiles siguientes a la publicación de la presente decisión y deberán anunciar o consignar en dicha oportunidad los elementos o instrumentos que constituyan o contribuyan a la demostración de esa causa justificada de incomparecencia a la Audiencia Preliminar.
Publíquese y Regístrese la presente decisión en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los diecisiete (17) días mes de septiembre de Dos Mil Trece (2013). 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA, SECRETARIA (O)
Abogº YUIRIS GOMEZ ZABALETA. Abgº
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