Designar Curador Ad Hoc de los niños y/o adolescentes JUAN SIMON ORTEGA RAFFE y JUAN DIEGO CAMILO ORTEGA RAFFE , a la ciudadana DIXIDEL RAFFE ABREU venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V.- 13.996.997, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.-