Sent. 348
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACIABO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRNACISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL . ESTADO ZULIA.-
.Maracaibo, 21 de octubre de 2013
203° y 154°
Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, se le da entrada y por cuanto la presente causa no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.- Ocurre la ciudadana IBETH DEL CARMEN RODRIGUEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.008.182, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la Abogada en ejercicio y de este domicilio MARLENY GARCES CEPEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 20.372 y solicita se les declare a ella y a su hermana, ciudadana IVELYS BEATRIZ RODRIGUEZ LEAL, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.150.925 como Únicas y Universales Herederas del causante HUMBERTO RODRIGO RODRIGUEZ MARTELLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.483.603 y falleciera en fecha 25 de agosto de 2013, en la Parroquia Raúl Leoni del Estado Zulia, quién era legítimo padres de ambas. La solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Acta de defunción; 2) Partidas de nacimiento; 3 Copias de cédulas de identidad; 4) Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Quinta de Maracaibo de fecha 08 de octubre de 2013. Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo lo derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara a las ciudadanas IBETH DEL CARMEN RODRIGUEZ LEAL e IVELYS BEATRIZ RODRIGUEZ LEAL, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos: 13.008.182 y 16.150.925, respectivamente, como Únicas y Universales Herederas del causante HUMBERTO RODRIGO RODRIGUEZ MARTELLO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.483.603. ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez,


Abog. MARIA IDELMA GUTIÉRREZ V.


El Secretario

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA,
Abog. GASTON GONZALEZ UAbog. GASTON GONZALEZ URDANETA Abog. Mariela Pérez de Apollini
En la misma fecha se expidieron las copias certificadas solicitadas, se dejó una copia para formar solicitud No. 1.115-13 y se devuelve constante de doce (12) folios útiles.
El Secretario,

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
MIG/GGU/ca.-