REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, Siete de octubre del 2013, siendo las diez y veinte minutos de la mañana de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 55.587, contentivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO C.A., en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES COSEM, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 21-01-1994, bajo el No. 12, Tomo 9-A y el ciudadano RUFFO ALBERTO SEMPRUN, portador de la cédula de identidad No. 9.768.598, juicio en el cual el tribunal de la causa decreto Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes muebles o inmuebles de los demandados hasta cubrir la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.855.500,00), en caso de embargar cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 4.908.849,00). Librado el despacho respectivo, le fue asignado por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-6248-2013, de fecha 01/07/2013. Seguidamente el tribunal se constituye en compañía del apoderado judicial de la parte actora ANDRES MELEAN, inscrito en el inpreabogado 142.935, en la siguiente dirección: AV. 4 Bella Vista con calle 71, Entidad Bacaria Banesco Banca Universal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez constituido a las afueras de la dirección señalada, el apoderado actor expone: Indico al Tribunal Ejecutor que procedere a practicar la medida de embargo ejecutivo decretada, en una cuenta bancaria que pertenece a los demandados de autos, en esta Entidad Bancaria.- Acto seguido este Tribunal procede a constituirse en la oficina del Entidad Bancaria Banesco, notificando del motivo de la presencia y constitución del Tribunal Ejecutor al ciudadano GIOVANNY PAREDES, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No.11.280.097 en su condición de Sub-Gerente.- Seguidamente el apoderado judicial de la parte actora expone: ” Solicito al Tribunal Ejecutor proceda a practicar la medida decretada por el tribunal de la causa en la cuenta 0134-0039-37-0391028362 – 0134-0039-32-0391031371 cuyo titular es INVERSIONES CONSEM, hasta por el monto indicado en el despacho comisorio.- En este estado este tribunal procede a solicitar al notificado de autos, que ubique en el sistema de la entidad bancaria la cuenta indicada por el apoderado actor, verifique si la misma pertenece a la persona indicada y si posee saldo disponible, es todo”. Acto continuo la notificada (o) de autos expone: “ Las cuentas que me fueron indicadas aparece una de estas cancelada y la segunda indicada no posee saldo disponible. Acto continuo el apoderado actor expone: “Por cuanto las cuentas señaladas no poseen saldo disponible, solicito al Tribunal se traslade al Edificio Doña Luisa, ubicado en la avenida 3F con calle 72 de esta ciudad. Vista la solicitud anterior este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, acuerda lo solicitado y procede a trasladarse a la dirección indicada, a los fines de practicar la medida comisionada por el Tribunal de la causa, hasta por el monto indicado en el Despacho de comisión. En este acto el apoderado actor expone: Solicito el traslado y ratifico la continuidad de la ejecución pautada para el día de hoy. De inmediato este Tribunal procede a trasladarse y constituirse en la dirección señalada por el apoderado actor. De igual manera acuerda retirarse de la Institución bancaria visitada y continuar practicando la medida en el día de hoy. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Concluye el acto siendo las once de la mañana.-

La Jueza,


El notificado,




El Ejecutante



La Secretaria,








REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, Siete de octubre del 2013, siendo las once y quince minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 55.587, contentivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO C.A., en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES COSEM, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 21-01-1994, bajo el No. 12, Tomo 9-A y el ciudadano RUFFO ALBERTO SEMPRUN, portador de la cédula de identidad No. 9.768.598, juicio en el cual el tribunal de la causa decreto Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes muebles o inmuebles de los demandados hasta cubrir la cantidad de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 5.855.500,00), en caso de embargar cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES (Bs. 4.908.849,00). Librado el despacho respectivo, le fue asignado por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-6248-2013, de fecha 01/07/2013. Seguidamente el tribunal se constituye en compañía del apoderado judicial de la parte actora ANDRES MELEAN, inscrito en el inpreabogado 142.935, en la siguiente dirección: Edificio Doña Luisa, ubicado en la avenida 3F con calle 72, inmueble signado con la sigla P-H, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez traslado el tribunal en la dirección indicada, procedió a ubicar el inmueble signado como PENT HOUSE del edificio señalado, realizando los respectivos toques de Ley a las afueras del mismo, respondiendo dicho llamado un ciudadano que se identificó con cédula personal como RUFFO ALBERTO SEMPRUN, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad 9.768.598. Acto seguido el apoderado actor expone: Por cuanto el inmueble donde se encuentra constituido el tribunal ejecutor, sobre el cual sería practicado la medida de embargo ejecutiva decretada por el tribunal de la causa, está destinado a vivienda familiar del codemandado, solicito al tribunal deje constancia de esta situación, a los fines de aplicar el procedimiento respectivo en estos casos por ante el Tribunal de la Causa, es todo.- Acto continuo este tribunal a los fines solicitados procede a auxiliarse de practico a los fines de determinar y precisar el inmueble objeto de constitución de este Tribunal, el cual es evidente y notorio, que está destinado a vivienda familiar, el nombramiento del practico recae sobre el ciudadano IGOR DELGADO, portador de la cédula de identidad 5.170.472, mayor de edad, quien estando presente acepta el cargo y se juramenta de la manera siguiente ¿Jura usted cumplir con la función para lo cual ha sido nombrado? Si Juro.- De inmediato el practico procede a determinar el inmueble en referencia: “Tratase de un inmueble ubicado en la dirección señalada, estructurado por columnas, viguetas y fundaciones de concreto armado y vaciado, con paredes frisadas, pisos de porcelanato, con acabados en yeso en algunas áreas, con ventanas en metal de aluminio corredizo con vidrio enmarcado. Tiene una puerta de acceso tipo Multilook, consta de: Hall de entrada, sala comedor, estar, cinco habitaciones, cinco salas sanitarias, habitación principal con vestier, un área de estudio, la cocina con gabinetes en su parte superior e inferior con sus accesorios, tiene asignado un puesto de estacionamiento situado en el nivel planta sótano con la siglas PH, y un maletero. Posee un área que funge como gimnasio y lavandería. Es todo.- Acto continuo este Tribunal Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San francisco, Mara, Paez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, acuerda suspender la practica de la medida comisionada, por cuanto el inmueble donde se encuentra constituido el mismo esta destinado a vivienda familiar, debiéndose cumplir el procedimiento establecido en la Ley contra los Desalojos y Desocupación Arbitraria de Viviendas vigente a la presente fecha, antes de practicar cualquier medida sea esta preventiva o ejecutiva.- Así se Decide.- Se remiten las resultas al tribunal de la causa a los fines legales correspondientes.- La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa, o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional.- El tribunal contó con la presencia policial del oficial agregado FANDER LEAL.- Concluye el acto siendo las doce y treinta minutos de la tarde.-

La Jueza

Mg.S. Zimaray Carrasquero. El codemandado,


El Ejecutante,






El práctico, La secretaria,

Abg. Linda Avila.-