REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción
Judicial del Estado Zulia

En el día de hoy treinta de octubre del 2013, siendo las diez de la mañana, se traslada y constituye este Tribunal en la dirección más adelante indicada, a los fines de cumplir con lo decretado por el Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente 3882, contentivo del juicio de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguido por la Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES CIRCUNVALACION DOS C.A., en contra de la ciudadana KRISTHY ANDREINA DELGADO ORDOÑEZ, mayor de edad, venezolana, portadora de la cédula de identidad 14.356.527, expediente donde fue decretado medida preventiva de embargo sobre bienes muebles de la demandada hasta cubrir la cantidad de Bs.168.560,20, en caso de embargar cantidades de dinero será hasta cubrir la cantidad de Bs. 84.280,10. Distribuido el asunto le fue asignado a este Ejecutor bajo el No. TM-EM- 6468-2013, de fecha 08/10/2013. De inmediato este Tribunal se constituye con el apoderado judicial de la parte actora ANGEL CASAS, inscrito en el inpreabogado 112.682, en la siguiente dirección: Kilómetro 4, Centro Comercial Los Churupos 2, local 49, del Municipio San Francisco Estado Zulia. De inmediato fuimos atendidos por la ciudadana KRISTHY DELGADO Ordoñez, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad 14.356.527, demandada de autos, a quien se le explicó el motivo de la presencia del tribunal, sugiriéndole se hiciera asesorar de abogado de confianza. A tales fines la notificada solicita un tiempo prudencial a los fines de ubicar al abogado, concediéndole el Tribunal un lapso de espera de cuarenta minutos. De inmediato el apoderado judicial de la parte actora expone: “Solicito al tribunal suspenda la ejecución de la medida comisionada, por cuanto me reuniré con la parte demandada a los fines de ubicar una solución alterna”.- En este acto el tribunal acuerda lo solicitado y suspende la practica de la medida comisionada y ordena el regreso del tribunal a su sede.- Así se resuelve. La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional. Terminó se leyó y conformes firman siendo las dos de la tarde.-
La jueza,

Mg.s.Zimaray Carrasquero. La Ejecutada,


El Ejecutante La secretaria,

Abg. Linda Avila.