COMISIÓN N°5082/2013
 
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
EN SU NOMBRE:
 
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
 
203  y  154°
 
 
En  el  día  de  hoy, martes veintidós (22) de octubre del año dos mil trece (2013), siendo las diez horas  de la  mañana (10:30 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la   de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretado por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS, en el Juicio por PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por la ciudadana DAYANA MERCEDES  CASTILLO  MARRUFO , portadora de la cédula de identidad Nº 16.848.785, contra el ciudadano  JOSE GREGORIO CHACIN ,  portador de la cédula, de identidad Nº 10.086.016, llevado  en el expediente No. 37.252, de la nomenclatura llevada por el mencionado Tribunal de la causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, donde funciona la EMPRESA PDVSA PETROLEO S.A., ubicada geográficamente en la avenida la Limpia, Edificio Miranda, frente a Makro,  en  jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Inmediatamente, se procedió a   notificar  de  la   Misión  del  Tribunal  a  (el)  (la)  ciudadano  (a) Jesus Quintero, venezolano (a),  mayor de edad, portadora  de la cédula de identidad N° 15.557.984 en   su   condición   de Analista Gestion de Gente de la empresa  pdvsa petroleo s.a., a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a Embargar Preventivamente señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero que por el concepto de prestaciones sociales y fideicomiso, le pueda corresponde al ciudadano JOSE GREGORIO CHACIN, portador de la cédula, de identidad Nº 10.086.016, como trabajador de la empresa petróleo de venezuela (PDVSA).- En este estado, el JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE  LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADOS PREVENTIVAMENTE los conceptos antes señalados y descritos en esta acta, así como las cantidades derivadas de dichos conceptos en las proporciones señaladas y; en consecuencia consumada la Desposesión Jurídica del ejecutado. Este Tribunal  Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el)   representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que la cantidad a retener derivada  de  el concepto establecido “1” deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la Causa, es decir, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS.- Se  deja  constancia, que  el (la) representante de la Notificada,  manifestó darse por notificado (a),  a  reservas de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado, presta  o  prestó servicios para la empresa que representa. Siendo las diez y treinta horas de la mañana (10:30 a.m). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-------------------------------------------------------------------------------------------
 
 
 
 
 
EL JUEZ,
 
 
 
ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO.
 
 
 
 
 
 
 
 
EL (LA) NOTIFICADO (A),        
 
 
 
 
 
 
 
EL SECRETARIO TEMPORAL, 
 
 
 
ABOG. JUAN CARLOS MORENO
 
 
 
 
 
 
 
 
EFR/jm/wilfredo boscan
 
C-5082-2013 
 
 
 
 
 
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