COMISION Nº 5067-2013.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
203° y 154°

En el día de hoy, viernes dieciocho (18) de octubre del año dos mil trece (2013), siendo las dos horas de la tarde (02:00p.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 01, en el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue la ciudadana ANGELICA PAOLA SUBIABRE SILVA, portadora de la cédula de identidad Nº V-13.296.902, en contra del ciudadano LUIS ANTONIO MEDINA ZARRAGA, portador de la cédula de identidad No. V-13.007.366, llevado en el expediente No.24.769, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona la OFICINA PUBLICA DENOMINADA GABINETES REGIONALES COOPERATIVA AUDIO ZULIA CINE, ubicada geográficamente en la Oficina Publica denominada, Gabinetes Regionales de Core, Arte y Cultura, ubicada en la Calle 72, con Avenida 10, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado. Presentes en el sitio antes mencionado para ejecutar la medida comisionada, este Juzgado pudo constatar que al llegar al sitio no correspondía la dirección indicada en la diligencia consignada, por las partes actoras ejecutantes procediendo a no practicar la medida comisionada y se retira del presente recinto; este Tribunal insta a la parte actora ejecutante, informe la dirección exacta para mediar nueva oportunidad, a los fines de llevar a efecto la ejecución de dicha Medida. Es todo. Siendo las dos y treinta horas de la tarde (02:30 p.m.). Terminó, se leyó y conformes firman.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

EL JUEZ:


ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO



EL SECRETARIO TEMPORAL


ABG. JUAN CARLOS MORENO




GOA/jm/ana
Com/5067/2013