REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 5429-13

En el día de hoy Lunes Veintiuno (21) de Octubre de Dos Mil Trece (2013), siendo las diez y cinco minutos de la mañana (10:05 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una casa signada con la nomenclatura municipal No. 10-208, Quinta denominada “Divina Pastora”, ubicada en la Calle 63, de la Urbanización La Estrella, en jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por las apoderadas Judiciales de la parte actora, abogadas en ejercicio ANDREA PATRICIA APPING MARQUEZ Y MARIA JOSE JARAMILLO CASTILLA, venezolanas, mayores de edad, portadoras de las Cédulas de Identidad Nos. 17.684.393 y 17.635.850, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 129.503 y 138.353 respectivamente, a objeto de llevar a efecto la ejecución forzosa decretada por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la Sociedad Mercantil “BANCO PROVINCIAL, S.A.”, originalmente inscrita ante el Registro de Comercio llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el 30 de septiembre de 1952, anotado bajo el No. 488, Tomo 2-B, y transformada en Banco Universal según documento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 03 de Diciembre de 1996, anotada bajo el No. 56, Tomo 337-A, contra la ciudadana TINA MARIE RINCON FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V-7.816.400, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana LESXI JOSEFINA FERNANDEZ LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 3.466.577, quien manifestó ser la Madre de la parte demandada, ciudadana TINA MARIE RINCON FERNANDEZ, antes identificada, e informó al Tribunal que dicha ciudadana se encuentra en la actualidad en la ciudad de Caracas, a quien se le hace saber que tiene el derecho de comunicarse con un abogado de su confianza para que lo asista en este acto, a los fines de preservarle el derecho a la Defensa. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto continuo, presente las abogadas en ejercicio ANDREA PATRICIA APPING MARQUEZ Y MARIA JOSE JARAMILLO CASTILLA, antes identificadas, en su carácter de apoderada Judiciales de la parte actora, “BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL”, expusieron: “Solicitamos a este Tribunal se sirva dejar constancia que en el inmueble donde esta constituido, no se encuentra el vehículo objeto del litigio, el cual posee las siguientes características: MARCA TOYOTA, MODELO 4 RUNNER LTD V6, AÑO 2007, COLOR BLANCO, USO PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR: 1GR5357744, SERIAL DE CARROCERIA: JTEBU17R978084365, PLACAS ANTERIORES: 1GR5357744, PLACAS ACTUALES: AA685EH. Igualmente, solicitamos al Tribunal suspenda la ejecución de la presente medida y remita la presente comisión al Juzgado de la causa en el estado en que se encuentra. De seguidas este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, vista la solicitud hecha por las apoderadas Judiciales de la parte actora, abogadas en ejercicio ANDREA PATRICIA APPING MARQUEZ Y MARIA JOSE JARAMILLO CASTILLA, antes identificadas, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia: Se deja expresa constancia: Que en el inmueble donde esta constituido el Tribunal, no se encuentra el vehículo identificado en actas, el cual es de las siguientes características: MARCA TOYOTA, MODELO 4 RUNNER LTD V6, AÑO 2007, COLOR BLANCO, USO PARTICULAR, SERIAL DEL MOTOR: 1GR5357744, SERIAL DE CARROCERIA: JTEBU17R978084365, PLACAS ANTERIORES: 1GR5357744, PLACAS ACTUALES: AA685EH. Asimismo, este Tribunal suspende la ejecución de la presente medida y ordena remitir la presente comisión al Juzgado de la causa en el estado en que se encuentra y a solicitud de la parte actora. Acto seguido, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, menos la notificada por negarse a hacerlo, siendo las Once y Cuarenta y Cinco Minutos de la mañana (11:45 am.), del día de hoy.-
LA JUEZA


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
LAS APODERADAS JUDICIALES EL PERITO AVALUADOR:
DE LA PARTE ACTORA:




EL SECRETARIO

ABOG. ANIBAL PERNIA PRIETO.-