ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001701
PARTE ACTORA: ALEXANDER RAMON GARCIA HERNANDEZ, MARBELLIS DEL CARMEN MOLERO DE POLANCO, MILEIDA JOSEFINA BRIÑEZ CEPEDA, YSMAELA CHIQUINQUIRA PAEZ GRATEROL, YIDRINELA NAVA SALAZAR y KEY RAMON PERDOMO FERNANDEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RICARDO CRUZ BAVARESCO. PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA MULTIMAX, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NELSON ORTEGA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, (25) Octubre de del 2013, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ALEXANDER RAMON GARCIA HERNANDEZ, MARBELLIS DEL CARMEN MOLERO DE POLANCO, MILEIDA JOSEFINA BRIÑEZ CEPEDA, YSMAELA CHIQUINQUIRA PAEZ GRATEROL, YIDRINELA NAVA SALAZAR y KEY RAMON PERDOMO FERNANDEZ, asistido por el abogado RICARDO CRUZ, parte actora y el ciudadano NELSON ORTEGA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA MULTIMAX, C.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente el ciudadano NELSON ORTEGA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA MULTIMAX, C.A., expone: “ En nombre de la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA MULTIMAX, C.A., para dar por terminada la presente causa, y facultada para este acto, ofrezco pagar por los conceptos demandados por los ciudadanos ALEXANDER RAMON GARCIA HERNANDEZ, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 06001042, de la entidad financiera Banco de Occidental de Descuento, a nombre deL ciudadano ALEXANDER GARCIA, de fecha 17 de octubre de 2013; MARBELLIS DEL CARMEN MOLERO DE POLANCO, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 15001043, de la entidad financiera Banco de Occidental de Descuento, a nombre de la ciudadana MARBELLIS MOLERO, de fecha 17 de octubre de 2013; MILEIDA JOSEFINA BRIÑEZ CEPEDA, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 78001044, de la entidad financiera Banco Occidental de Descuento, a nombre de la ciudadana MILEIDA BRIÑEZ, de fecha 17 de octubre de 2013; YSMAELA CHIQUINQUIRA PAEZ GRATEROL, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 04001045, de la entidad financiera Banco Occidental de Descuento, a nombre de la ciudadana YSMAELA PAEZ de fecha 17 de octubre de 2013; YIDRINELA NAVA SALAZAR la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 88001046, de la entidad financiera Banco Occidental de descuento, a nombre de la ciudadana YIDRINELA NAVA, de fecha 17 de octubre de 2013, y KEY RAMON PERDOMO FERNANDEZ YUSNEIT LEAL, la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.8.000,00), pagaderos para el día de hoy, mediante un (01) instrumento cambiario numero 96001047, de la entidad financiera Banco Occidental de Descuento, a nombre del ciudadano KEY PERDOMO, de fecha 17 de octubre de 2013, pagaderos por ante el Tribunal, es todo”. En este acto presente los ciudadanos ALEXANDER RAMON GARCIA HERNANDEZ, MARBELLIS DEL CARMEN MOLERO DE POLANCO, MILEIDA JOSEFINA BRIÑEZ CEPEDA, YSMAELA CHIQUINQUIRA PAEZ GRATEROL, YIDRINELA NAVA SALAZAR y KEY RAMON PERDOMO FERNANDEZ, asistidos por el abogado RICARDO CRUZ, expone: “Aceptos el ofrecimiento realizado por la parte demandada, por cuanto con las cantidades ofrecidas, están satisfechas nuestras pretensiones explanadas en el libelo de demanda, y manifestamos que recibos en este acto, los descritos instrumentos cambiarios, libre de constreñimiento y sin presión alguna, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminada la causa, se ordena el archivo del expediente, la expedición de copias certificadas a las partes.
LA JUEZ
ABG.ANA AVILA
LA SECRETARIA
LOS PRESENTE