REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, tres (03) de octubre de dos mil trece (2013).
203º y 154º

ASUNTO: VP01-L-2010-000298


ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO:

En horas de despacho del día de hoy, jueves, tres (03) de octubre de 2013, siendo las dos de la tarde (02:00 pm), día y hora fijados por este Tribunal, para llevar la Audiencia de Juicio Oral y Pública, en el presente procedimiento seguido por el ciudadano MANILIO LOYO, en contra de, PI TOOLS, S.A. y PDVSA PETROLEO S.A. En este estado, solicitó al Secretario que verificase la asistencia y la identidad de las partes, así como el motivo de la presente causa, haciendo la advertencia de Ley, sobre el orden y las facultades disciplinarias del Juez en la Audiencia, por lo que el mismo dejó constancia de la incomparecencia a dicho acto del ciudadano actor, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Así mismo, se deja constancia que hizo acto de presencia la demandada PI TOOLS, S.A. a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio CARLOS MALAVE GONZALEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 40.718, y la empresa PDVSA PETROLEO S.A. a través de su apoderado judicial FELIX GUERRA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 39.509. En este estado, el Tribunal deja constancia que la presente Audiencia no será reproducida por el medio audiovisual, por considerarse inoficiosa dada la consecuencia jurídica a aplicar en virtud de la incomparecencia del demandante. A tal efecto, la Juez de este Tribunal procedió a dictar la sentencia de forma oral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los siguientes términos: ESTE TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- Desistida la acción que por Cobro de PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano MANILIO LOYO ALAÑA, en contra de PI TOOLS, S.A. y PDVSA PETROLEO S.A.
2.- No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se deja expresa constancia que se ordena el registro de la presente acta como resolución a los fines estadísticos. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ


ABG. BREZZY AVILA URDANETA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE CO-DEMANDADA


EL SECRETARIO


ABG. RAFAEL HIDALGO NAVEA




Sentencia 2013-116.-