N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001542
PARTE ACTORA: RONALD JOSE LUGO LUGO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANA MARIA AVILA
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE UNIZULIA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TIRSO CARRULLO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 4 de Octubre de 2013, siendo las 9:58 AM, comparecen los ciudadanos RONALD JOSE LUGO LUGO, titular de la cedula de identidad No. 14.279.134, asistido por la abogada ANA MARIA AVILA y el abogado TIRSO CARRULLO, con el carácter de apoderado judicial de sociedad mercantil TRANSPORTE UNIZULIA C.A quienes mediante diligencia, renunciaron al termino de comparecencia y solicitan al despacho se realice la Audiencia Preliminar.
Este tribunal viendo lo solicitado por las partes le da inicio a la audiencia preliminar en la cual se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, con la intervención mediadora de la ciudadana Juez que preside este acto y han llegado a un acuerdo transaccional que se especifica mediante escrito que consignan en este acto en tres (03) folios útiles y un (1) anexo constantes de copia fotostática del cheque recibidos para ser agregado al expediente y que forma parte de esta acta, por la cantidad total de ONCE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLIVARES CON 10/100 CENTIMOS. (Bs. 11.834,10).
Ahora bien visto el acuerdo de las partes este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN y le imparte el carácter de Cosa Juzgada. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.
La Juez
El Secretario
Abg. Marlene Rojas de Siu Abg. Brisjaida Gómez
Los Presentes.