ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-000264
PARTE ACTORA: LUCY BELL CARRIZO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARTIN CURIEL
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Rafael Bethermyt
MOTIVO: Calificación de Despido.

En el día hábil de hoy,28 de Octubre de 2013, siendo las 12:08 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos LUCY BELL CARRIZO y la FUNDACIÓN DE EDIFICACIONES Y DOTACIONES EDUCATIVAS (FEDE) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ciento tres mil cuatrocientos setenta y un Bolívares fuertes (Bs.F. 103.471,92) para sastifacer así el concepto reclamado en el escrito libelar, los cuales le serán entregados por ante el tribunal, en la fecha acordada, según escrito presentado por las partes. El cual se ordena agregar al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes. Se ordena la notificación de la presente decisión a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes