Exp. N° 1705 N° 15

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 03
Maracaibo, 19 de Noviembre de 2013
203° y 154°
El presente procedimiento se inició por solicitud de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por el Tesorería del estado Zulia, en beneficio del joven adulto Asnordo Segundo González Finol.
Recibida la anterior solicitud del Órgano Distribuidor, el Tribunal le dio entrada y admitió mediante auto de fecha 24 de mayo de 2006 y ordeno notificar al Fiscal especializado del Ministerio Público con Competencia en el Área de Protección de Niños, y Adolescentes y Familia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Ahora bien, mediante oficio N° 4611 de fecha 04 de noviembre de 2013, emitida por la Oficina de Recursos Humanos del poder Ejecutivo del estado Zulia, consignan acta de defunción del ciudadano Arnoldo Noe González González, quien en vida fue portador de la cedula de identidad N° V.-7.876.601, emanada del Municipio Sinamaica (Hoy parroquia) del Distrito Maracaibo (Hoy municipio) del estado Zulia, signada bajo el N° 209, asimismo consta en actas copia certificada del acta de nacimiento del joven adulto Asnordo Segundo González Finol, emitida por la Jefatura Civil de la Parroquia Guajira del Municipio Páez del estado Zulia, signada bajo el N° 52.
Ahora bien, este Tribunal autoriza suficientemente al joven adulto Asnordo Segundo González Finol, a los fines que retire la totalidad de los haberes existentes en la cuenta de ahorros N° 01750098800010001668, por todo lo antes expuesto este Tribunal ordena Oficiar al Banco BICENTENARIO Banco Universal a los fines de participarles de la misma. Así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,
• Declara Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por el Tesorería del estado Zulia, en beneficio del joven adulto Asnordo Segundo González Finol. Así se Decide.
• Expídanse dos (02) copias certificadas por Secretaría del presente fallo; devuélvanse sus originales a la parte interesada, previa certificación en actas por Secretaría.
• Oficiar al Banco Bicentenario a fin de participarles de los términos de esta sentencia.
• Publíquese regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los catorce (19) días del mes de noviembre de 2013.-Año: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
El Juez Unipersonal N° (Provisorio): La Secretaria:

Abog. Gustavo Alfonso Villalobos Romero Abog. Carmen Aurora Vílchez Carrero

En la misma fecha de hoy previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria quedando anotada bajo el N° 15, en la carpeta de Sentencias Interlocutorias llevada por este Tribunal y se oficio bajo el N° 13-608.-La Secretaria.-
Exp. N° 1705
GAVR/CAVC/saulo***