DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Régimen de Convivencia Familiar, de fecha 31 de Octubre de 2.013, celebrado por los ciudadanos MILAGRO JESÚS DEL VALLE GUTIERREZ DE ROJAS y PEDRO JOSÉ ROJAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 12.542.636 y V- 15.709.295 respectivamente, en beneficio del niño JOSÉ IGNACIO ROJAS GUTIERREZ, debidamente asistidos por la Abogada MARÍA CAROLINA VERA CARDENAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.792, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
• Se ordenan expedir las copias certificadas solicitadas.