En horas de despacho del día de hoy, VIERNES VEINTINUEVE (29) DE NOVIEMBRE DE 2013, siendo las ONCE Y CUARENTA DE LA MAÑANA (11:40a.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5630-13 conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 02, relacionada con el Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue YULITZA ROMERO, titular de la cedula de identidad No. V-12.696.763, contra el ELIECER URDANETA, titular de la Cédula de Identidad No. V-4.516.855 y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en las Oficina del Ministerio del Poder Popular para la Educación antigua DRE, Edificio La Estrella situado en la Avenida 8 Santa Rita, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, se procedió a notificar a ANA DOMINGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V- 7.834.473, con el carácter de SECRETARIA y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de ELIECER URDANETA, expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano ELIECER URDANETA, parte demandada, es Trabajador de esa Institución.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de esa Institución.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE: UNICO: EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Sueldo y pensión, utilidades, vacaciones, bonos que pueda corresponderle por jubilaciones y por concepto de pensionado, que le pueda corresponder al ciudadano ELIECER URDANETA, como empleado al servicio del Ministerio del Poder Popular para la Educación, donde se desempeña como profesor jubilado o en proceso de jubilación.- Y ASÍ SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener deberán remitirlas en cheque de gerencia al TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 02, expediente No. 24.349.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
Gil/asm*.-
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