REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, veintiocho de noviembre del 2013, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el expediente No. 48.185, contentivo en el juicio de EJECUCION DE HIPOTECA, sigue la Sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A. en contra de los ciudadanos GUSTAVO ENRIQUE GARCIA RINCON Y NILYAN ZULAY PEREIRA DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 2.877.695 y 5.078.652, respectivamente como Deudores Principales y la sociedad mercantil OFICINA TECNICA DE RIEGO, PAISAJISMO Y CONSTRUCCION, C.A (OTERPAC), domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, constituida según documento inserto ante el Registro mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 07-08-1990, bajo el No. 124, Tomo 6-A y su última reforma ante la misma oficina en fecha 29-07-2009, bajo el No. 37, tomo 52-A, como Garante Hipotecaria, Fiadora Solidaria y Principal pagadora. juicio en el cual el Tribunal de la causa, decretó Medida de Embargo Ejecutivo, sobre los siguientes bienes inmuebles propiedad de la demandada y garante hipotecaria, con todas sus construcciones, adherencias y pertenencias, constituidos por los lotes de terreno distinguidos con los Nos. 11 y 13, los cuales forman parte de un parcelamiento situado en la calle 100, con frente a la carretera que conduce de Maracaibo al Aeropuerto, también denominada avenida “Don Manuel Belloso” en jurisdicción del Municipio Maracaibo Estado Zulia, identificados de la siguiente manera: LOTE No. 11: Consta de un área aproximada de 5.776,13 m2, siendo sus medidas y linderos. Norte: Linda con inmueble propiedad que es o fue de SOGARCA y mide 85,95ml, aproximadamente, Sur: Linda con lote 10 por tres segmentos y mide 119,84ml aproximadamente, Este: Linda con la avenida principal Metrópolis 2 y mide 67,04ml, aproximadamente y por el Oeste: Linda con área de servidumbre 2 y mide 66,68 ml, aproximadamente, asimismo le corresponde un porcentaje en el parcelamiento de 6,57% de conformidad con el documento de parcelamiento protocolizado por ante el Registro Público del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 29-07-2010, inscrito bajo el No. 14, folio 72, del tomo 37 del Protocolo de Trascripción del año 2010 y su documento aclaratorio, protocolizado ante el referido registro público en fecha 14-12-2011, inscrito bajo el No. 41, Folio 190, tomo 46 del Protocolo de trascripción del año 2011. LOTE No. 13: Consta de un área aproximada de 6.366,84 m2, siendo sus medidas y linderos. Norte: Linda con lote 9, por tres segmentos y mide 105,14ml, aproximadamente, Sur: Terrenos que es o fue de Inversiones El Rincón (Cadier) y mide 104,85ml aproximadamente, Este: Linda con área Socio-Comunal y mide 71,69ml aproximadamente, y por el Oeste: Lote 12, y área de servidumbre 2, por tres segmentos y mide 62,90ml aproximadamente, le corresponde un porcentaje en el parcelamiento de 7,24%,.- Los identificados inmuebles le pertenecen a la sociedad mercantil OFICINA TECNICA DE RIEGO, PAISAJISMO Y CONSTRUCCION C.A (OTERPAC, C.A.) según documento protocolizado por ante la oficina de Registro del Tercer Circuito, en fecha 27 de diciembre de 2011, bajo el No. 2011.7805, asiento registral 1, matriculado con el No. 481.2.5.13.5383, del libro del folio real 2011. Una vez distribuido el asunto por la oficina respectiva le fue asignado a este Tribunal según numero de distribución TM-EM- 6318-2013, de fecha 29/07/2013. De inmediato el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y los apoderados judiciales de la parte actora profesionales del derecho IRENE GOTERA OCANDO y ANDRES EDUARDO MELEAN NAVA, inscritos en el inpreabogado No. 133.098 y 142.935, en la dirección de la presente ejecutoria: Calle 100, Avenida Don Manuel Belloso, vía al Aeropuerto de Maracaibo Municipio Maracaibo Estado Zulia.- Acto continuo este Tribunal observa que el inmueble objeto de la presente medida esta constituido por un extenso lote de terreno totalmente desprovisto de bienhechurias y de personas que habiten en el en forma permanente o eventual (esta deshabitado). Así se declara a los fines de salvaguardar derechos establecidos en la Ley contra el Desalojo y Desocupación Arbitraria de Vivienda. De inmediato los apoderados judiciales de la parte actora de la parte actora exponen: “Solicitamos al Tribunal Ejecutor proceda a cumplir con la medida de embargo ejecutivo decretada por el Tribunal de Instancia, de igual manera solicito muy respetuosamente al Tribunal Ejecutor, que a los fines de la custodia y resguardo del mismo sea nombrada mi representada como depositaria judicial del lote de terrenos mencionados, por cuanto la misma posee una solvencia económica reconocida que garantiza las resultas del juicio a las partes intervinientes en el proceso, en caso de así acordarlo el Tribunal aquí constituido, nos comprometemos a cumplir fielmente con lo establecido en la Ley sobre Depósito Judicial y demás leyes atinentes al caso, todo esto con la finalidad de no trasladar gastos onerosos que representaría para las partes la guarda y custodia del terreno mencionado si fuera confiado a las sociedades mercantiles que prestan sus servicios como depositaria judicial. Es todo.- Acto continuo el tribunal procede a auxiliarse de experto a los fines de determinar el inmueble (lote de terreno) objeto de la medida de embargo ejecutivo comisionada, recayendo dicho nombramiento en el ciudadano CRISTOBAL BELLOSO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 2.881.409, de profesión Ingeniero Geodesta, quien estando presente en este acto acepta el cargo para el cual ha sido nombrado y se procede a su juramentación:¿Jura usted cumplir con las funciones inherentes al cargo recaído en su persona? Si lo juro.- De inmediato son giradas las instrucciones necesarias al experto nombrado al efecto, a los fines que determine el inmueble objeto de la presente medida el cual conforma dos lotes de terrenos: Trátese de un inmueble ubicado en la dirección antes indicada que se corresponde con la indicada en el Despacho del Tribunal Comitente, el inmueble está formado por dos lotes de terrenos Lote No. 11 y Lote No. 13, sitio de constitución del Tribunal ejecutor, en el mismo no se observa ningún tipo de construcción o urbanismo, se encuentra libre de personas y bienes y no cuenta con servicios públicos, dichos lotes de terrenos forman parte de un solo parcelamiento denominado Ciudadela Metrópolis, de tierra arcillosa, Los linderos y medidas referidos los doy por reproducidos por ser todos y cada uno de estos coincidentes en sitio, una vez que fueron verificados por mi con los equipos e instrumentos necesarios para ello. Siendo avaluado el mismo en conjunto en la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000.00). Es todo.- Continuando las actuaciones del acto comisionado esta Juzgadora pasa a resolver la petición realizada por los apoderados judiciales de la parte actora en referencia a la guarda y custodia del inmueble, y la petición que se nombre a su representada sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, como custodio del mismo, esta Juzgadora observa que en el presente acto se encuentran presentes los extremos indicados en el artículo 539 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con disposiciones establecidas en la Ley sobre Deposito Judicial, en consecuencia, acuerda lo peticionado y procede a nombrar y juramentar Depositaria Judicial Especial Provisional del bien inmueble (lote de terreno) indicado en la presente acta, a la parte demandante sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO C.A., BANCO UNIVERSAL, representada en este acto por sus apoderados judiciales profesionales del derecho Irene Gotera Ocando y Andrés Eduardo Melean Nava, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 17.836.119 y 21.037.998, respectivamente, quienes estando presentes aceptan el cargo recaído en su representada y el tribunal procede al juramento de Ley de la siguiente manera:¿Juran ustedes cumplir fielmente con las obligaciones de guarda y custodia inherentes al cargo a desempeñar? Si lo juramos.- De inmediato este Tribunal le hace entrega formal a la depositaria judicial especial provisional nombrada en el presente acto el bien inmueble (lote de terreno) indicado en la presente acta, a los fines de su resguardo y custodia, debiendo sujetarse a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil y la Ley sobre Deposito Judicial en relación a la materia. Concluidas las actuaciones de rigor del acto comisionado este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumpliendo con lo comisionado, EMBARGA EJECUTIVAMENTE, los bienes inmuebles propiedad de la parte demandada y garante hipotecaria los cuales conforman el LOTE No. 11 y el LOTE No. 13, de terrenos ubicados en la calle 100 vía al Aeropuerto del Estado Zulia, tal como lo ordenara el Tribunal de la Causa, y con las determinaciones y especificaciones de la presente acta.- Así se Decide.- Notifíquese mediante oficio de la presente medida al ciudadano Registrador Publico correspondiente, en cumplimiento a lo establecido en el articulo 535 del Código de Procedimiento Civil.- Ofíciese.- Se remiten las presentes actuaciones en original con todas sus resultas al tribunal de origen. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Venezuela.- Concluye el acto siendo la una de la tarde del día de hoy.- Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,

Mg.S. Zimaray Carrasquero.

LOS EJECUTANTES Y Representantes de la
Depositaria Especial Provisional.



El Experto,








La Secretaria,


Abg. LINDA AVILA.