ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001067
PARTE ACTORA: ROGER ELI LUJANO CARLY
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NADIA EL MASRI
PARTE DEMANDADA: PANADERIA FLOR DE MAVIEJA, C.A y ORLANDO CONTRERAS
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS VALERO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, (04) noviembre de 2013, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la ciudadana NADIA EL MASRI en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ROGER ELI LUJANO CARLY, parte actora y el ciudadano LUIS VALERO apoderado judicial el ciudadano ORLANDO CONTRERAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente el ciudadano LUIS VALERO apoderado judicial el ciudadano ORLANDO CONTRERAS, expone: “ En nombre de del ciudadano ORLANDO CONTRERAS, para dar por terminada la presente causa, y facultada para este acto, ofrezco pagar por los conceptos demandados por el ciudadano ROGER ELI LUJANO CARLY, la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.7.000,00), pagaderos en dos (02) partes, mediante instrumentos cambiarios, la primera parte por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.2.500,00), pagaderos para el día 13 de noviembre del 2013 y la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.4.500,00), pagaderos el día 20 de noviembre del 2013, por ante el Tribunal, a nombre de la ciudadana NADIA EL MASRI y el ciudadano ROGER ELI LUJANO CARLY, respectivamente es todo”. En este acto presente la ciudadana NADIA EL MASRI en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ROGER ELI LUJANO CARLY, parte actora expone: “Acepto el ofrecimiento realizado por la parte demandada, y la forma de pago por cuanto con la cantidades ofrecidas, están satisfechas las pretensiones explanadas en el libelo de demanda, por mi representado, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace la devolución de las pruebas a las partes.
LA JUEZ
ABG.ANA AVILA
LA SECRETARIA

LOS PRESENTE