REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Noviembre de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : NJ01-P-2012-000083
ASUNTO : NJ01-P-2012-000083

De la revisión del sistema Juris 2000, se obtuvo que el acusado FREEDY ANTONIO BARRETO CALZADILLA, se le siguen los asuntos penales NJ01-P-2012-000083 y NP01- P-2011-026864, el primero de ellos, es decir, el asunto penal NJ01-P-2012-000083, se le sigue al citado ciudadano por la comisión del delito POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; mientras que en el asunto penal NP01- P-2011-026864 el Tribunal de Control le decreto MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo pautado en los Artículo 250, 251 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal por ser presuntamente responsable del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR.

Así las cosas, no existe dudas de que al acusado FREDDY ANTONIO BARRETO CALZADILLA, se le siguen dos asuntos penales, los cuales se encuentran en fase de juicio, como corolario este Tribunal a fin de garantizar la unidad del Proceso consagrado en el Artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual establece:
“Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepción que establece este código. Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave.”. (Negrillas del Tribunal).
Por lo que efectivamente el Tribunal Primero de Juicio, es competente para continuar conociendo de las causas, por lo que considera este Tribunal que debe dársele cumplimiento a la norma procesal y debe seguirse un solo proceso al ciudadano FREEDY ANTONIO BARRETO CALZADILLA, por lo se ordena remitir las presentes actuaciones al citado Tribunal y continuar el juzgamiento del mismo en un solo proceso. Y ASI SE DECIDE.
No se difiere el Juicio Oral y Público a los fines de no alterar el orden de la agenda de ese Tribunal, notifíquese a las partes. Y ASI SE DECIDE.

DECISION

Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley” Acuerda PRIMERO: REMITIR las presentes actuaciones al Tribunal Primero de Juicio, quien continuará el juzgamiento del acusado FREEDY ANTONIO BARRETO CALZADILLA, ya que ese Tribunal le corresponde juzgar el delito de mayor entidad. SEGUNDO: No se difiere el Juicio Oral y Público a los fines de no alterar el orden de la agenda de ese Tribunal.
Notifíquese a las partes.
La Jueza,

Abg. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA

La Secretaria

ABG. ZURIMAR SANDOVAL OCA