No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-1301
PARTE ACTOR: ARTURO ANTONIO MEDINA MEDINA.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JORMAN ROMERO.
PARTE DEMANDADA: SERFI CUEVAS.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO HUBO CONSTITUIDOS..
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy catorce (14) de noviembre de dos mil trece (2013), siendo las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 AM), día y hora fijado para que tenga lugar celebración de la Audiencia Preliminar, comparece el abogado JORMAN ROMERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 98.013, en representación del ciudadano ARTURO ANTONIO MEDINA, portador de la cedula de identidad No. 7.691.505; seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada ciudadano, SERFI CUEVAS, ni por si, ni por apoderado judicial alguno.
De una revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el expediente se evidencia que en fecha dieciséis (16) de octubre de 2013, el Alguacil Joksan Pcheco, titular de la cedula de identidad No. 12.445.788, expuso “……fije un ejemplar del CARTEL DE NOTIFICACION, en dicha dirección, una copia certificada del cartel de Notificación la entregue al ciudadano: SERFI CUEVAS, quien no firmo dicho cartel de notificación, recibiendo en el acto un ejemplar del mismo….”
Ahora bien, de la exposición del alguacil no se evidencia que este, le hubiera solicitado al ciudadano demandado SERFI CUEVAS, la cedula de identidad o algún documento que le identificara y al ser el demandado una persona natural es deber del juez extremar los cuidados, a fin de que la persona notificada sea en realidad a quien se le esta llamando a juicio. Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en aras de preservar el debido proceso que garantice seguridad jurídica y el derecho a la defensa de las partes, REPONE la presente causa al estado de dejar sin efecto la certificación secretarial, ordenándose librar nuevos carteles de notificación a la parte demandada para su comparecencia a la celebración de la Audiencia Preliminar.


La Juez.

Abg. Marlene Rojas de Siu La Secretaria




Los Presentes Abg. Yasmely Borr