No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001793
PARTE ACTORA: JAVIER CHIQUINQUIRA PORTILLO VERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARMEN ORDOÑEZ
PARTE DEMANDADA: SERVIPORK, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GLONORIS OSTOS.
MOTIVO: ACCIDENTE LABORAL Y PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, once (11) de Noviembre de 2013, siendo las 2:42 PM, comparecen los ciudadanos JAVIER CHIQUINQUIRA PORTILLO VERA, asistido por la abogada CARMEN ORDOÑEZ y la abogada GLONORIS OSTOS con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil SERVIPORK, C.A, quienes mediante diligencia se dan por notificados renuncian al lapso de comparecencia y solicita que se realice la audiencia preliminar.
Este tribunal viendo lo solicitado por las partes le da inicio a la audiencia preliminar llegando llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
El demandante alega haber iniciado su relación de trabajo en fecha 10 de noviembre de 2008, así mismo alega haber sufrido un accidente laboral en fecha 1 de junio de 2012 habiendo dado origen a DEGENERACION INTRASUSTANCIA DE CUERNO ANTERIOR Y POSTERIOR DE MENISCO MEDIAL Y DE MENISCO LATERAL CONDROMALACIA ROTULIANA, según se evidencia del informe medico de fecha 17 de julio de 2013.
Así mismo alega haber laborado para la demandada por un lapso de cuatro (4) años, once (11) meses y veinte (20) días relación esta que culmino por despido injustificado en fecha 30 de octubre de 2013, por lo que reclama la cantidad total de d Bs. 1.074.504,18 por los siguientes conceptos: indemnización prevista en el articulo 130 numeral 5, de la Ley Orgánica de Prevención y Medio Ambiente del Trabajo, daño moral, daño material y secuelas por deformidades permanentes, antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionadas, utilidades fraccionadas bono vacacional contractual fraccionado, bono por tiempo de viaje, bono de asistencia de conformidad con las cláusula 56,17 y 84 del Contrato Colectivo Vigente, días de salario no cancelados, bono de alimentación (cesta ticket) correspondiente al mes de octubre de 2013, inamovilidad laboral al 31 de diciembre de 2013, indemnización por inamovilidad laboral por fuero paternal y las indemnizaciones por despido de conformidad 92 de la Ley Orgánica del Trabajo Los Trabajadores y Las Trabajadoras los cuales se encuentran perfectamente discriminados en el libelo de demanda y se dan aquí por reproducidos.
En este estado toma la palabra la abogada GLONORIS OSTOS, en representación de la demandada y expuso “niego, rechazo y contradigo que al ciudadano, JAVIER CHIQUINQUIRA PORTILLO VERA, se le adeude la cantidad demandada por cuanto de los cálculos realizados en la contabilidad de la empresa reflejan un monto menor de lo demandado, por cuanto el extrabajador recibió adelanto de prestaciones sociales; sin embargo y para dar por terminado el presente juicio y así evitar mayores gastos y tiempo en este proceso así como en otras instancias, ofrezco cancelar a manera de arreglo la cantidad total de NOVECIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs.900.000,00) mediante dos cheque de gerencia Nos. 14013290 y 67013289, girados a favor del ciudadano JAVIER CHIQUINQUIRA PORTILLO VERA, contra la entidad financiera Banco de Venezuela, de fecha 04 de noviembre de 2013, es todo”.
En este estado toma la palabra el ciudadano JAVIER PORTILLO VERA con la asistencia mencionada y expuso “acepto el ofrecimiento que hace la representación de la demandada, así mismo declaro expresamente que no tengo nada mas que reclamar por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que me unió con la demandada, es todo”
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, Se da por terminada la causa y se ordena el archivo definitivo del expediente Así se decide.
El Juez


Abg. Marlene Rojas de Siu
El Secretario
Abg. Yasmely Borrego


Los Presentes.