REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Diecinueve (19) de Noviembre de Dos Mil Trece (2013)
203º y 154º

ASUNTO: VH21-L-2013-000004




Parte Actora: GERMAN ALBERTO ESTEVA RIVERA, Venezolano, mayor de edad, titular de las cedulas de identidad Nro V-16.365.030, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia.-
Abogados Apoderadas
De la parte actora.-
AURA MEDINA , LISBETH BRACHO, MIGNELY DIAZ Y YENNILY VILLALOBOS, Procuradora de trabajadores ,inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 116531 , 107694, 110055 Y 89416 respectivamente.


Parte Demandada :
SEÑOR ZAPATO MENE C.A, como grupo de empresas y/o unidad económica , domiciliada en el Municipio Miranda del Estado Zulia.-
Abogado Apoderado
De la parte Demandada

CESAR ALFONSO YSEA Y LUZ RAMOS , Abogado en ejercicio , inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 133076 Y 128626 respectivamente

Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros concepto laborales.


Hoy, Diecinueve (19) de Noviembre de Dos Mil Trece (2013) , siendo las 09:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Apertura de la Audiencia Preliminar en este asunto , comparece los abogados en ejercicios CESAR ALFONSO YSEA Y LUZ RAMOS, en su carácter de Apoderados Judiciales de LA EMPRESA DEMANDADA SEÑOR ZAPATO MENE C.A , lo cual consta en copia certificada del documento poder y copia simple sus anexos constante en total de 16 Folios utiles , no compareciendo la parte actora Ciudadano GERMAN ALBERTO ESTEVA RIVERA, ni por si ni por intermedio de apoderado alguno. Seguidamente se da inicio a la Audiencia pautada para el día de hoy, se constituye este Tribunal bajo la dirección del Ciudadano Juez JAIRO SILVA RUIZ, quien declaró abierto éste acto , y constató la incomparecencia de la parte demandante Ciudadano GERMAN ALBERTO ESTEVA RIVERA, ni por si , ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara en este Mismo acto : DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.

Abg JAIRO SILVA
JUEZ 2 ° S.M.E




APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA


Abg. JANETH RIVAS DE ZULETA
SECRETARIA


J SR/jsr