REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas

Cabimas, Veintisiete de Mayo de dos mil trece
203º y 154º

ASUNTO: VP21-L-2013-000092

Recibido como ha sido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de éste Circuito Judicial Laboral, Oficio N° GSM-453, de fecha 14/05/2013, proveniente del Banco Central de Venezuela, el Tribunal lo recibe y ordena agregarlo a las actas respectivas. Asimismo, visto el acuerdo celebrado en fecha 24/05/2013, presentado por el ciudadano DERCIDO DE JESÚS GONZÁLEZ, portador de la cédula de identidad Nro. V.- 10.689.134, en su condición de parte demandante, debidamente asistido por el abogado en ejerció GABRIEL VILLALVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 107.532; así como por la abogada en ejercicio VALERIA VEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 177.797, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil H & M CONSTRUCCIONES, C.A. (HERMOCA), por la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,oo), este Tribunal visto el arreglo realizado por las partes en el presente asunto, el cual modifica lo ordenado en la sentencia definitiva dictada en la presente causa, el cual fue producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes antes mencionadas, y por cuanto dicho acuerdo tiende a garantizar una armoniosa resolución de la presente controversia, y dado que el acuerdo llegado por las partes no son contrarios a derecho y se produjo como conclusión del presente asunto. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en la Ciudad de Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, el acuerdo alcanzado por el ciudadano DERCIDO DE JESÚS GONZÁLEZ y la Sociedad Mercantil H & M CONSTRUCCIONES, C.A., el cual modifica los términos de la sentencia definitivamente firme, con relación a la indexación y corrección monetaria ordenada al Banco Central de Venezuela, teniendo efecto vinculante entre ellos, lo declara TERMINADO en virtud de no tener nada mas sobre lo cual resolver, ordena su ARCHIVO DEFINITIVO, mediante auto por separado. Así se resuelve. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente auto decisorio todo conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


Abg. DEYANIRA GRANT ALBORNOZ
JUEZA 1° DE S.M.E.




Abg. JOHANNA ARIAS TOVAR
SECRETARIA JUDICIAL





DGA/JAT/ocp
ASUNTO: VP21-L-2013-000092
Resolución Número: PJ0012013000108
Número de Asiento Diario: 24